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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (06/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420294 Organización Política Local Distrital “UNIDAD DISTRITAL CHORRILLANA” del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que el 03 de marzo del 2010, el ciudadano Jaime Hipólito Rimachi Uriarte, personero legal titular de la Organización Política Local Distrital “UNIDAD DISTRITAL CHORRILLANA” del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; solicitó la inscripción de dicha organización política ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el artículo 17º de la Ley N° 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley Nº 28581, esto es, I) Relación de adherentes en número no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la Organización desarrolla sus actividades, advirtiéndose en tal sentido que mediante el Ofi cio Nº 631-2010-SGAE/ GOR/RENIEC de fecha 25 de marzo del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, informó que de un total de 2,580 fi rmas presentadas se declararon válidas 1692 fi rmas, cantidad que supera las 1,521 necesarias para tal efecto y, II) Actas de constitución de comité en el distrito de Chorrillos de la provincia y departamento de Lima, suscrita cada una por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; Que, adicionalmente, la organización política solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, de los personeros legales y técnicos, el órgano directivo con las personas que ocuparán los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y visión del distrito de Chorrillos; Que, con fecha 18 de abril del 2010, se publica en el Diario Ofi cial El Peruano , la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10° de la Ley 28094, documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 05 de mayo del presente año, asimismo de acuerdo al memorando N° 580-2010 –SC/JNE recibido el 06 de mayo de los corrientes, la Ofi cina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “UNIDAD DISTRITAL CHORRILLANA”, del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro especial de Organizaciones Locales, tomo 12 partida electrónica número 9 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos: RIMACHI URIARTE JAIME HIPOLITO y MEZA TORRES SANDRA JANET, respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Director del Registro de Organizaciones Políticas Jurado Nacional de Elecciones 503025-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionaria a Bolivia para participar en el Seminario Internacional “Riesgos, Persecución y Sanción en Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo” RESOLUCIÓN SBS N° 5494-2010 Lima, 4 de junio de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitación cursada por la Unidad de Investigaciones Financieras de Bolivia a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Seminario Internacional “Riesgos, Persecución y Sanción en Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”, que se celebrará en la Ciudad de Tarija, Estado Plurinacional de Bolivia, los días 10 y 11 de junio de 2010; CONSIDERANDO: Que, el referido evento tiene como objetivo introducir los conceptos del enfoque basado en riesgos en materia de lavado de dinero, los riesgos del sistema fi nanciero y su relación con las Actividades Profesionales No Financieras (APNFD`s) y permitirá a los participantes contar con una aproximación académica de las amenazas del lavado de dinero y los factores de riesgos específi cos de las APNFD`s, así como de las estrategias de mitigación que se están adoptando a nivel internacional en esta materia; Que, asimismo, en el referido evento se profundizarán temas relacionados con las etapas, extraterritorialidad, estrategias de prevención y detección del fi nanciamiento del terrorismo y se analizará la Ley Anticorrupción que regula la lucha contra la corrupción en el Estado Plurinacional de Bolivia; Que, atendiendo la invitación cursada y por ser de interés para la Institución participar en este seminario internacional, de singular importancia para las actividades que desarrolla la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, se estima conveniente designar a la señora María Fanny Moscoso Piñas, Intendente del Departamento de Supervisión de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, para que concurra al citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS N° 5426-2010, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,