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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420286 lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 16 532 155,53 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/ SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0384-2010/SBN-GO-JAR de fecha 26 de mayo de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 16 532 155,53 m², ubicado al Sur Oeste del Centro Poblado Ocucaje, distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI – Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 503431-6 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Otorgan autorización de organización de Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. - Macrocapitales SAFI S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Nº 015-2010-EF/94.06.2 Lima, 2 de junio de 2010 VISTOS: El Expediente N° 20100014846 iniciado por los señores Drago Guillermo Kisic Wagner, Elmer Rafael Cuba Bustinza, Gonzalo Francisco Alberto Tamayo Flores, Manuel Abel Salazar Robles, Mateo Moreyra Ocampo, Mónica Estefanía Com Com, Raúl Temístocles Salazar Olivares, Roger Francisco Espinosa Reyes, Piero Eduardo Ghezzi Solis, Dulio Aurelio Costa Olivera y Enrique Guillermo Castellanos Robles, así como el Informe Nº 0346-2010-EF/94.06.2 de fecha 02 de junio de 2010, con la opinión favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito presentado el 04 de mayo de 2010, complementado el 07, 24 y 28 de mayo de 2010 y 02 de junio de 2010, los señores Drago Guillermo Kisic Wagner, Elmer Rafael Cuba Bustinza, Gonzalo Francisco Alberto Tamayo Flores, Manuel Abel Salazar Robles, Mateo Moreyra Ocampo, Mónica Estefanía Com Com, Raúl Temístocles Salazar Olivares, Roger Francisco Espinosa Reyes, Piero Eduardo Ghezzi Solis, Dulio Aurelio Costa Olivera y Enrique Guillermo Castellanos Robles, solicitaron autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. o, en su denominación abreviada, Macrocapitales SAFI S.A.; Que, de acuerdo con la información presentada, cada uno de los señores mencionados en el párrafo anterior tendrá una participación accionaria de 9,09% en Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de la sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización, establecidos en los artículos 17 y 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 042-2003- EF/94.10 y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; Que, asimismo, al no haberse formulado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, corresponde se otorgue la autorización solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 2 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; artículo 36 de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por el Decreto Legislativo N° 862, el literal b) inciso i) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a los señores Drago Guillermo Kisic Wagner, Elmer Rafael Cuba Bustinza, Gonzalo Francisco Alberto Tamayo Flores, Manuel Abel Salazar Robles, Mateo Moreyra Ocampo, Mónica Estefanía Com Com, Raúl Temístocles Salazar Olivares, Roger Francisco Espinosa Reyes, Piero Eduardo Ghezzi Solis, Dulio Aurelio Costa Olivera y Enrique Guillermo Castellanos Robles la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. o, en su denominación abreviada, Macrocapitales SAFI S.A. Artículo 2º.- La presente resolución no autoriza el inicio de actividades de administración de fondos de inversión hasta que CONASEV expida la autorización de funcionamiento respectiva. Artículo 3º.- Difundir la presente resolución a través del diario oficial El Peruano y el Portal de CONASEV. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a los señores Drago Guillermo Kisic Wagner, Elmer Rafael Cuba Bustinza, Gonzalo Francisco Alberto Tamayo Flores, Manuel Abel Salazar Robles, Mateo Moreyra Ocampo, Mónica Estefanía Com Com, Raúl Temístocles Salazar Olivares, Roger Francisco Espinosa Reyes, Piero Eduardo