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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (06/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420288 Que, el Consejo Directivo del INDECOPI ha acordado designar en el cargo de Secretario Técnico a los servidores actualmente encargados de dichas funciones en las Ofi cinas Regionales de Tacna y de Lambayeque; De conformidad con los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Marcos Alberto Lipa Portugal como Secretario Técnico de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna, con efectividad al 1 de junio de 2010. Artículo 2º.- Designar a la señora Ana Kimena Leyva Wong como Secretaria Técnica de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Lambayeque, con efectividad al 1 de junio de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 503260-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de Ancash, Junín, Puno y Cusco RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 112-2010-CE-PJ Lima, 13 de abril de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 4258-2009-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, y el Informe Nº 019-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en el Barrio de Los Olivos, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz, Departamento de Ancash, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 3883 habitantes, conjuntamente con las localidades de Higos Ruri, Chua Bajo, Nuevo Paraíso, Alianza y Cochag, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que los Juzgados de Paz más próximos se encuentran ubicados a tres y dos kilómetros y medio de distancia, con un tiempo promedio de desplazamiento de una hora a pie en los Centros Poblados Menores de Atipayan, Quenuayoc y Pongor; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 019-2010-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en el Barrio de Los Olivos, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz, Departamento y Distrito Judicial de Ancash; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes del barrio y localidades a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del doctor Jorge Alfredo Solís Espinoza, sin la intervención del señor Consejero Flaminio Vigo Saldaña, por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Barrio de Los Olivos, con competencia además en las Localidades de Higos Ruri, Chua Bajo, Nuevo Paraíso, Alianza y Cochag; Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz, Departamento y Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA DARIO PALACIOS DEXTRE 503099-6 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 113-2010-CE-PJ Lima, 13 de abril de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 489-2008-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, y el Informe N° 208-2008-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en el Anexo Unión Santa Cruz, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 2236 habitantes, conjuntamente con los Anexos Santa Rosa, Alto Unime, Jerusalén, Canaeden, Cuviriali, Los Olivos, Toncama, Nuevo Pozuzo y Los Incas, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a sesenta y dos kilómetros de distancia en la localidad de Mazamari con un tiempo aproximado de viaje de tres horas por trocha carrozable; asimismo, se encuentra a veinticuatro kilómetros de la sede de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de la Provincia de Satipo, y a doscientos diez kilómetros de la sede de la Corte Superior de Justicia de Junín; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 208-2008-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en el Anexo Unión Santa Cruz, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento y Distrito