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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (06/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420282 presentada a efectos que respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008- MTC durante la vigencia de la autorización. En caso que la Entidad autorizada no cumpla con presentar la renovación de la Carta Fianza antes de su vencimiento, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La Entidad autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 25 de Junio del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 25 de Junio del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 25 de Junio del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 25 de Junio del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 25 de Junio del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y el costo de la misma estará a cargo de la empresa autorizada. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 464766-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Dejan sin efecto la Res. Nº 057-2010/ SBN-GO-JAD que aprobó transferencia en dominio fiduciario de terreno de propiedad del Estado GERENCIA DE OPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 0015-2010/SBN-GO San Isidro, 2 de junio de 2010 Visto, los Ofi cios Nº 419-2010-ME/SG y Ofi cio Nº 488- 2010-ME/SG y Expediente Nº 074-2010/SBNJAD, en el cual se sustentó la transferencia en dominio fi duciario del inmueble de 12,414.48 m2, denominado Lote Nº 03, ubicado con frente a la Avenida Javier Prado Este, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, para su administración a cargo de La Fiduciaria S.A. y que hoy el Ministerio de Educación solicita se deje sin efecto la transferencia de dominio efectuada mediante Resolución Nº 057-2010/SBN-GO-JAD de fecha 30 de marzo de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29151 se creó el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantía y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, a fi n de lograr una administración ordenada, simplifi cada y efi ciente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, en aplicación de lo dispuesto en la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales; así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo; Que, el Secretario General del Ministerio de Educación, en mérito al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, suscrito con fecha 1 de marzo de 2010, entre el Ministerio de Educación y el Patronato del Teatro Nacional, con Ofi cio Nº 342-2010-ME/SG de fecha 29 de marzo de 2010, solicita la aprobación de la transferencia en dominio fi duciario el predio del Estado – Ministerio de Educación de 12,414.48 m2, denominado Lote Nº 3, ubicado en la Avenida Javier Prado Este, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12459418 del Registro de Predios de Lima, con Registro Nº 17085 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Resolución Nº 057-2010/SBN-GO- JAD de fecha 30 de marzo del 2010 se dispuso aprobar la transferencia en dominio fi duciario del terreno sub materia, para la constitución de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración de La Fiduciaria S.A., a fi n de llevar a cabo el desarrollo del proyecto de construcción del teatro Nacional. Que, mediante Ofi cio Nº 022.2010.ME.DM de fecha 15 de abril de 2010, el Ministerio de Educación comunica al Director del Patronato del Teatro Nacional, que en aplicación de la cláusula décimo primera del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, la resolución de dicho convenio al haberse establecido nuevos mecanismos para la ejecución directa de la obra por parte del Ministerio de Educación, que imposibilitan el cumplimiento de las obligaciones contraídas y señaladas en la cláusula cuarta; Que, mediante carta s/n de fecha 26 de abril del presente, el Patronato del Teatro Nacional, toma conocimiento de la resolución en forma unilateral del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional planteada por el Ministerio de Educación, la misma que da por aceptada dicha decisión; Que, de acuerdo al literal I) del artículo 37º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, concordado con lo dispuesto por el inciso e) del artículo 25º del Estatuto de la SBN aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de septiembre de 2001 y Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, corresponde a la Gerencia de Operaciones, resolver como segunda instancia respecto de los actos administrativos de adquisición, disposición y administración sobre los bienes de propiedad estatal a cargo de la SBN; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0364-2010/SBN-GO-JAD de fecha 7 de mayo de 2010; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN y la Resolución Nº 015-2002/SBN y Resolución Nº 132-2009/ SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 057- 2010/SBN-GO-JAD de fecha 30 de marzo del 2010, que aprobó la transferencia en dominio fi duciario del terreno de propiedad del Estado – Ministerio de Educación de 12,414.48 m2, denominado Lote Nº 3, ubicado en la Avenida Javier Prado Este, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12459418 del Registro de Predios de Lima, para la construcción de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración de La Fiduciaria S.A. a fi n de llevar a cabo el desarrollo del proyecto de construcción del Teatro Nacional, readquiriendo su titularidad registral el Ministerio de Educación. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos