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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (06/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420279 SALUD Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Oftalmología RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 436-2010/MINSA Lima, 3 de junio del 2010 Visto, el Expediente Nº 10-035698-001, que contiene el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Oftalmología; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 447-2009/ MINSA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Oftalmología; Que, con Resolución Ministerial Nº 334-2010/MINSA, del 25 de abril de 2010 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la mencionada entidad; Que, mediante Ofi cio Nº 555-2010-DG/INO del 30 de abril de 2010, el Director General del Instituto Nacional de Oftalmología remitió el proyecto de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal, así como los informes técnico – legal que sustentan su solicitud; Que, con Informe Nº 0131-2010-OGPP-OO/MINSA del 14 de mayo de 2010, la Directora Ejecutiva de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, señaló que el proyecto de modifi cación del CAP cumple con los criterios y especifi caciones técnicas establecidas en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el cual establece los lineamientos para la elaboración de los cuadros de asignación de personal de las entidades públicas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 603-2006/ MINSA del 28 de julio de 2009, se aprobó la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para formulación de documentos técnicos normativos de gestión institucional” con el objeto de establecer las normas de carácter técnico, criterios y procedimientos para la elaboración, aprobación, revisión y modifi cación de documentos de gestión, siendo de observancia obligatoria por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados, así como por las entidades y órganos que mantienen dependencia técnica y funcional del Ministerio de Salud; Que, el proyecto de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Oftalmología se debe a la previsión de tres cargos de técnicos, en lugar de tres cargos de auxiliares, lo cual tiene impacto en el Presupuesto Analítico de Personal; Que, el literal c) del artículo 16 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM dispone que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal – PAP; Que, teniendo en cuenta que el proyecto de CAP cumple con los criterios y disposiciones establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y la Directiva Nº 007- MINSA/OGPP-V.02, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA, y atendiendo a que cuenta con el informe técnico-legal favorable del Instituto Nacional de Oftalmología y la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta viable la aprobación de la modifi cación del CAP del Instituto Nacional de Oftalmología; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Oftalmología, el mismo que consta de diez (10) folios y doscientos treinta y dos (232) cargos clasifi cados, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica siguiente: http://www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Dejar sin efecto los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 503086-1 Modifican conformación del Comité Técnico Institucional para la Promoción y Protección de la Lactancia Materna en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2010/MINSA Lima, 3 de junio del 2010 Visto el Expediente Nº 10-033430-001, que contiene el Informe Nº 08-2010-LSRJ-DS/DPVS/DGPS/MINSA de la Dirección General de Promoción de la Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 933-2005/ MINSA del 30 de noviembre del 2005, se conformó el Comité Técnico Institucional para la Promoción y Protección de la Lactancia Materna en el Perú, a fi n de desarrollar intervenciones sanitarias que favorezcan la nutrición y contribuyan a reducir los riesgos y daños nutricionales en las niñas y niños de nuestro país; Que, mediante el documento del visto la Dirección General de Promoción de la Salud, ha propuesto la incorporación del Director General o su representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, Ofi cina General de Estadística e Informática, Ofi cina General de Comunicaciones y de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, el objetivo de dicha propuesta es fortalecer los alcances del Comité Técnico Institucional para la Promoción y Protección de la Lactancia Materna en el Perú, con la fi nalidad de velar por el cumplimiento de la normatividad vigente y el desarrollo de intervenciones sanitarias que favorezcan la nutrición y contribuyan a reducir riesgos y daños nutricionales en las niñas y niños de nuestro país; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el numeral l) del artículo 8º de la Ley N 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 933-2005/MINSA, en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Conformar el Comité Técnico Institucional para la Promoción y Protección de la Lactancia Materna en el Perú, el cual estará integrado de la siguiente manera: - Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, quien la presidirá. - Director General de Salud de las Personas, o su representante, quien actuará de secretario técnico. - Director General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud o su representante. - Director General de la Dirección General de Salud Ambiental o su representante. - Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas o su representante.