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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (08/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de junio de 2010 420360 VISTOS: El Ofi cio Nº 120-2010-OCNI, Memorandos Nº 117 y 121-2010-P.COG y Proveído Nº 1139-2010-SEGE, remitidos para autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios a la Coordinadora del Programa de Movilidad Estudiantil CRISCOS. CONSIDERANDO: Que, en Ofi cio Nº 117-2010-P.COG, se informa que por acuerdo de la Comisión de Orden y Gestión de fecha 11 de mayo del presente año, se autorizó el viaje del Presidente de la COG y de la Jefa de la Ofi cina de Cooperación Nacional e Internacional, para asistir a la Asamblea General del Consejo de Rectores a realizarse en la Universidad Autónoma de Asunción – Paraguay, en los días 09 y 10 de junio del 2010; posteriormente con Ofi cio Nº 121-2010-P.COG, se comunica que al haberse reprogramado la Asamblea General del Convenio de CRISCOS para el mes de noviembre del año en curso, queda sin efecto el viaje del Presidente de la Comisión de Orden y Gestión; Que, estando vigente la realización de la XXV Reunión de Coordinadores del PME CRISCOS, con Ofi cio Nº 120- 2010-OCNI, la Jefa de la Ofi cina de Cooperación Nacional e Internacional, solicita se autorice su viaje a la ciudad de Asunción – Paraguay para participar en dicho evento, en su condición de Coordinadora del PME – CRISCOS de esta Universidad; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D.S. Nº 047-2002-PCM, en su Artículo 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración y el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de acuerdo a Ley en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad; en todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Oficial El Peruano; y De conformidad con el Art. 33º de la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM, el Art. 125º del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, y en uso de las atribuciones conferidas al Señor Presidente de la Comisión de Orden y Gestión mediante las Resoluciones Nº 0068 y 0078-2010- ANR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, el viaje al exterior en Comisión de Servicios, a la ciudad de Asunción – Paraguay, a la docente MGR. GEMA SOLOGUREN GARCIA, Coordinadora del Programa de Movilidad Estudiantil CRISCOS - UNJBG, por los días 09 y 10 de junio del 2010. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado, se ejecutarán de acuerdo a normas vigentes, debiendo a su retorno presentar la rendición de cuenta debidamente documentada. Asimismo, deberá publicarse la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y ejecútese. HUBERTO NORIEGA TIRADO Presidente Comisión de Orden y Gestión 503713-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Establecen beneficio tributario para el pago de tributos municipales y multas tributarias a todos los contribuyentes del distrito de Punta Hermosa ORDENANZA Nº 183-2010-MDPH Punta Hermosa, 4 de junio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO.- El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 052-2010-OR-MDPH de la Jefatura de Rentas conteniendo el proyecto de Ordenanza Municipal que otorga Benefi cio Tributario a todos los Contribuyentes en el Distrito de Punta Hermosa y el Informe Nº 109-2010 –MDPH-OAJ emitido por la Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, dentro de su jurisdicción. Que el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado en parte por el Decreto Legislativo Nº 953 establece en segundo párrafo de la norma IV del Título Preliminar y en su Artículo 41º que : ”Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, así como podrán condonar con carácter general el interés moratorio y otras sanciones respecto de los tributos que administran. Que, los numerales 1) y 2) del artículo 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 señala que son rentas municipales los tributos creados por ley a su favor, contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos, los cuales son creados por su Concejo Municipal y que constituyen sus ingresos propios. Que, considerando que existe un alto porcentaje de morosidad entre los Contribuyentes del Distrito, que no han cumplido con cancelar sus deudas por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo) y Multas Tributarias; es necesario brindar de manera EXCEPCIONAL y POR UNICA VEZ, las facilidades que requieren, a efectos de que cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias. Que, si bien no constituye una política de la actual gestión municipal, el otorgar condonaciones tributarias, por generar éstos un incentivo al no pago oportuno de los tributos, es también cierto que la Entidad no puede ser ajena a la realidad expuesta. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Art. 40º de Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por MAYORIA del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: