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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (08/06/2010)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de junio de 2010 420345 VISTA: La Resolución Suprema Nº 025-2010-RE, de 30 de enero de 2010, y su correspondiente Fe de Erratas, publicada el 04 de febrero de 2010, que autorizó la realización de la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XIX), programada del 13 de febrero al 18 de marzo de 2010; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del fuerte sismo que afectó la zona central y sur de la República de Chile, fue necesario adelantar el repliegue de los expedicionarios desde la ciudad de Punta Arenas en la República de Chile, el día 16 de marzo de 2010; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores cubrió los montos de la mayoría de los expedicionarios, quedando un pequeño saldo que cubrir por el cambio de itinerario, el cual es necesario autorizar para dar por concluido el tema de pasajes de la citada expedición; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos Nº IAP0069/2010, de 09 de marzo de 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el D.S. Nº 016-2002- RE, que establece la Política Nacional Antártica, la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 047-2002- PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005- 2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2010; el Decreto de Urgencia Nº 011-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adelantar, con efi cacia anticipada al 16 de marzo de 2010, el repliegue de la Décimo Novena Expedición Científi ca Peruana a la Antártida (ANTAR XIX), inicialmente programado para el 18 de marzo de 2010, al haberse producido un fuerte terremoto que azotó la costa central y sur de la República de Chile. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de cambio de itinerario en el viaje de retorno desde la ciudad de Punta Arenas hacia la ciudad de Lima de los expedicionarios, por la suma de Novecientos cincuenta y 00/100 dólares americanos (US$ 950.00), serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33896 - Realización Periódica de las Campañas Científi cas a la Antártida, debiéndose rendir cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días posteriores al término de la expedición, y observando las formalidades legales correspondientes, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes aéreos (*) US$ Alberto Hugo Gonzales de la Cruz 50.00 Rogelio Rolando Villanueva Flores 50.00 Patricia Irene Gagliuffi Flores 50.00 Alejandro Venero Mortola 50.00 Cid Chabriar Díaz Gamarra 50.00 Dalmesio Farfán Acuña 50.00 Albino Rigoberto Milla Alegre 50.00 Richard Pedro Velazque Bengolea 50.00 Juan Francisco Merino Navarro 50.00 Ángel Giovanni Causso Rivera 50.00 Carlos Augusto Rivas Nima 50.00 Demetrio López Castañeda 50.00 Genaro Telésforo Toledo Rodríguez 50.00 Tiburcio Susano Quispe Alata 50.00 Aldo Gonzalo Indacochea Mejía 50.00 Percy Gallegos Alejos 50.00 Nombres y Apellidos Pasajes aéreos (*) US$ Alex Moisés Gamarra Salazar 50.00 Rafael Alfredo Huapaya Porras 50.00 Leopoldo Zenón Goetendia Lacma 50.00 (*) Clase Económica diferencia por cambio de itinerario Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 504151-18 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican la R.S. Nº 019-2010-TR que autorizó viaje de la Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección a Suiza RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2010-TR Lima, 7 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, la 99º reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT se llevará a cabo del 2 al 18 de junio de 2010, en la ciudad de Ginebra, Suiza, sede de la Ofi cina Internacional del Trabajo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2010-TR del 27 de mayo de 2010, se autorizó el viaje en misión ofi cial de la abogada Claudia Alicia Canales Mayorga, Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 12 al 17 de junio de 2010, para que participe como miembro de la Delegación Peruana, en la 99º reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT; Que, siendo de importancia institucional, que la referida funcionaria participe en las reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT, a partir del 8 de junio de 2010, resulta procedente modifi car los artículos 1º y 2º de la Resolución Suprema a que se refi ere el considerando precedente; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, precisado por el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los artículos 1º y 2º de la Resolución Suprema Nº 019-2010-TR del 27 de mayo de 2010, debiendo quedar redactados de la siguiente manera: