Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2010 (08/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 8 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420347

4. ABREVIATURAS: Para efectos de la presente Directiva se entendera como: 4.1 Reglamento: Al Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje. 4.2 MTC: Al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 4.3 DGTT: A la Direccion General de Transporte Terrestre del MTC 4.4 Entidad Concesionaria: A la Entidad Concesionaria o a las Entidades con las que se suscriban convenios en aplicacion de la Decima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento. 4.5 Placas de Rodaje: A la Placa Unica Nacional de Rodaje 5. DISPOSICIONES GENERALES: 5.1 De acuerdo a lo establecido por el articulo 57 del Reglamento, todo cambio de la Placa de Rodaje, trae como consecuencia la invalidez de pleno derecho de la placa anterior con todos sus elementos que la componen, estableciendo ademas que los vehiculos que circulen con placa invalida seran considerados como vehiculos sin Placa de Rodaje para todos los efectos. 5.2 La DGTT se encargara de realizar la destruccion de las placas de rodaje que hayan sido devueltas como consecuencia del MORDAZA General Extraordinario de cambio de Placas o de cambio de Placas de Rodaje por las causales establecidas en el Reglamento. 5.3 Para el caso de las Regiones de MORDAZA y Callao, asi como la Provincia de MORDAZA, la destruccion de las placas de rodaje se realizara trimestralmente, en los locales que designe la DGTT, durante los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada ano. Para las demas Regiones, la destruccion de las placas de rodaje se realizara anualmente en los locales que designe la DGTT. 5.4 En el caso de las placas de rodaje devueltas por el Registro Vehicular a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, la destruccion de las mismas se realizara en el mes de enero de cada ano, en el lugar que senale la DGTT. 5.5 La diligencia de destruccion de las placas de rodaje, deberan llevarse a cabo con presencia de Notario Publico y con la participacion de los representantes de la DGTT y del Organo de Control Institucional del MTC. 5.6 Asimismo, la DGTT invitara a los representantes del Ministerio Publico, Policia Nacional del Peru, Entidad Concesionaria y/o del Registro Vehicular a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, segun corresponda, para que participen en la diligencia de destruccion de las placas de rodaje, debiendo en estos casos suscribir el acta correspondiente. 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS: 6.1 Para la destruccion de las placas de rodaje, la Entidad Concesionaria o el Registro Vehicular a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, deberan presentar un inventario detallado (cantidad y numeros de matricula) de las placas de rodaje recabadas. 6.2 Recibido el inventario, los representantes de la DGTT y del Organo de Control Institucional del MTC verificaran fisicamente el contenido del mismo en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario. 6.3 Finalizada la verificacion fisica del inventario de las placas de rodaje, la DGTT programara fecha y hora para la diligencia de destruccion de las mismas, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario, la que sera comunicada al Organo de Control Institucional del MTC y al Notario Publico. Asimismo, se cursara dicha comunicacion a los representantes del Ministerio Publico, Policia Nacional del Peru, Entidad Concesionaria y/o del Registro Vehicular a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores para su participacion. 6.4 La destruccion de las placas de rodaje se realizara mediante el MORDAZA de corte por cizalla o fundicion directa u otro mecanismo que de certeza de su

destruccion, de acuerdo a la cantidad de placas de rodaje a destruir. 6.5 Finalizada la diligencia de destruccion de las placas de rodaje, la DGTT elaborara el acta de conformidad, la que sera suscrita por los participantes, adjuntandose el inventario senalado en el numeral 6.1 de la presente Directiva. 503991-1

VIVIENDA
Designan funcionario responsable de brindar informacion solicitada conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 101-2010-VIVIENDA MORDAZA, 07 de junio del 2010. CONSIDERANDO: Que, los articulos 3 y 8 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establecen la obligacion de designar al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada en virtud a la referida Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 288-2009VIVIENDA, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General, como titular responsable del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de brindar informacion solicitada en virtud de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y su Reglamento; Que, es necesario dar por concluida la designacion a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 288-2009VIVIENDA, debiendo emitirse el acto de administracion correspondiente, designando al funcionario responsable de brindar la informacion que se solicite al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA y el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de brindar informacion que se solicite al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en virtud del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Tramite Documentario, como titular responsable del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de brindar informacion solicitada en virtud del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 503857-1

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