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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de junio de 2010 421125 confi anza, quien se encargará de las funciones del Director General de Efi ciencia Energética. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 511322-1 JUSTICIA Designan representante del Ministro ante el Consejo del Notariado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0145-2010-JUS Lima, 23 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 141° del Decreto Legislativo Nº 1049 - Decreto Legislativo del Notariado establece que el Consejo del Notariado es presidido por el Ministro de Justicia o su representante; Que, resulta necesario designar al profesional que represente al Ministro de Justicia ante el Consejo del Notariado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita abogada LOURDES LUISA CARREÑO CARCELÉN como representante del Ministro de Justicia ante el Consejo del Notariado, quien lo presidirá. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 511435-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo entre Suiza y Perú relativo al Proyecto “Fortalecimiento y Promoción de Productos y Servicios de la Biodiversidad (PERUBIODIVERSO) en el marco del Programa Nacional de Promoción del Biocomercio” DECRETO SUPREMO Nº 088-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), relativo al Proyecto “Fortalecimiento y Promoción de Productos y Servicios de la Biodiversidad (PERUBIODIVERSO) en el marco del Programa Nacional de Promoción del Biocomercio” Fase 1, con vigencia del 1.4.2007 al 31.03.2010, fue suscrito el 17 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nro. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifi case el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), relativo al Proyecto “Fortalecimiento y Promoción de Productos y Servicios de la Biodiversidad (PERUBIODIVERSO) en el marco del Programa Nacional de Promoción del Biocomercio” Fase 1, con vigencia del 1.4.2007 al 31.03.2010, suscrito el 17 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 511439-4 Ratifican el “Protocolo Modificatorio del Convenio para la Protección, Conser- vación, Recuperación y Devolución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artís- ticos e Históricos Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre la Repú- blica Argentina y la República del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 089-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Protocolo Modifi catorio del Convenio para la Protección, Conservación, Recuperación y Devolución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Históricos Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre la República Argentina y la República del Perú”, fue suscrito el 22 de marzo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Protocolo Modifi catorio del Convenio para la Protección, Conservación, Recuperación y Devolución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Históricos Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre la República Argentina y la República del Perú”, suscrito el 22 de marzo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú; Artículo 2.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 511439-5