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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de junio de 2010 421413 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de la Ordenanza Nº 000038-2007-MDSJM que aprobó la implementación del Plan de Recolección Selectiva de residuos sólidos y certificación ecológica municipal para el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 000006-2010-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 13 de mayo del 2010 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: Visto, el Memorandum No. 366-2010-GSC/MDSJM de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades en su condición de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 6 del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es competencia municipal, organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales; Que, conforme lo establece el Artículo 10º de la Ley General de Residuos Sólidos, las Municipalidades Distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos indicados en el artículo 9º de la Ley acotada y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción. Los residuos sólidos en su totalidad deberán ser conducidos directamente a la planta de tratamiento, transferencia o al lugar de disposición fi nal autorizado por la Municipalidad Provincial; Que, la reducción de residuos sólidos en el origen es la forma más efi caz de reducir la cantidad de los mismos, reducir los costos asociados a su manejo y reducir los impactos negativos al ambiente. La reducción de residuos puede y debe realizarse en el proceso del diseño, la fabricación y el envasado de productos, con materiales no tóxicos o con mínima toxicidad, con volúmenes mínimos de material o con materiales que tengan una vida útil más larga; Que, del mismo modo, la reducción de residuos sólidos puede realizarse desde las viviendas, centros educativos y en las instalaciones comerciales e industriales, a través de formas de compras selectivas y de reutilización o reciclaje de los materiales residuales. Al respecto, existen experiencias signifi cativas de Gobiernos Locales que vienen organizando sistemas de manejo de residuos sólidos que alientan la minimización de residuos sólidos en el origen, sensibilizan a los vecinos en la conveniencia de separar los residuos en la fuente y además, complementariamente, cuentan con un sistema de recolección selectiva de residuos sólidos; Que, en este orden de situaciones, se hace necesario la existencia de una norma de formalización de recicladores y recolección selectiva esta fundada en lo imprescindible que es contar con bases legales dentro de cada gobierno local, para poder realizar este tipo de programas los cuales han pasado de ser un programa exclusivamente social a ser una herramienta importante en la gestión de residuos sólidos y ser parte de las nuevas responsabilidades de los municipios. También podemos sustentar esta necesidad en los vacíos dentro de la legislación local respecto al tema de la formalización de los recicladores la cual esta a su vez asociada a la recolección selectiva de residuos sólidos, por cuanto, si bien existe un proyecto de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud, denominado Reglamento “Manejo Selectivo de Residuos Sólidos con fi nes de aprovechamiento por personas naturales”, ésta aun no resulta aplicable a la mayoría de distritos de las diferentes ciudades del Perú, si es que no se cuenta con acciones de sensibilización y educación ambiental a la población orientadas a implementar este tipo de programas; Que, en cumplimiento de las normas acotadas se estableció mediante Ordenanza Nº 000038-2007-MDSJM, el Plan de Recolección Selectiva y Certifi cación Ecológica Distrital en el Distrito de San Juan de Mirafl ores que facilite la generación de empleo e ingresos y la formalización de recicladotes urbanos, promoviendo incentivos y el fomento de la cultura de la segregación y reciclaje de los residuos sólidos orgánicos e inorgánicos en el Distrito, estableciendo políticas y lineamientos que permita la implementación de programas permanentes de educación ambiental y la promoción de la participación ciudadana para el control y minimización de la generación Per. Capita; incrementar la calidad y cobertura de los servicios de residuos sólidos implantando incluso la recolección selectiva; reducir, recuperar, reutilizar y reciclar los residuos solidos a través de medios efi caces de tratamiento como compostaje; y disponer en forma segura, sanitaria y ambientalmente aceptable los residuos sólidos no reaprovechados; Que, en el Distrito se vienen generando diariamente 297.80 toneladas de residuos sólidos domiciliarios, de los cuales el 25.20% es reaprovechable para reciclar papeles, cartones, plásticos, vidrio y metales con signifi cativo valor de cambio en el mercado del reciclaje por su calidad de reaprovechamiento, 48% son residuos de materia orgánica que sanitariamente manejados pueden también aprovecharse. Este aprovechamiento se realiza actualmente por familias pobres de manera informal, en condiciones bastante precarias, haciendo uso de vehículos menores no motorizados (triciclo, carreta, carretilla) y a pie, generándose puntos críticos e incrementando los riesgos a la salud y el deterioro del ambiente, requiriéndose con urgencia un ordenamiento normativo y la promoción de prácticas saludables de reducción, reutilización y reciclaje de residuos sólidos; Que, es decisión política de la gestión municipal contar con un sistema sostenible e integral de residuos sólidos de calidad, efi ciente, inclusivo, equitativo y participativo, así mismo establecer como política Publica la Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos y la Formalización de los Segregadores en el Distrito de San Juan de Mirafl ores, en concordancia con tres Objetivos del Milenio decretados por la ONU, que son: ERRADICAR LA POBREZA EXTREMA Y EL HAMBRE, GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL AMBIENTE y FOMENTAR UNA ASOCIACION GLOBAL PARA EL DESARROLLO; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, Ordenanza Municipal N° 000038-2007-MDSJM, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores; DECRETA: Artículo 1°.- Apruébese el Reglamento de la Ordenanza Municipal Nº 000038-2007-MDSJM que aprueba la implementación del Plan de Recolección Selectiva de residuos sólidos y certifi cación ecológica municipal para el distrito de San Juan de Mirafl ores, conforme a los Anexos que forman parte integrante del presente decreto y que establece el Modelo Integrado para el Reaprovechamiento de los Residuos Sólidos que contiene V Capítulos: 1. Aspectos Generales. 2. Procedimientos Técnicos Administrativos para la Formalización de Recicladores en el Distrito de San Juan de Mirafl ores. 3. El Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos. 4. El Programa de Difusión, Sensibilización y Educación Ambiental “Residuo Cero”. (defi nir nombre) 5. El Mecanismo de Incentivos, Infracciones y Sanciones. Artículo 2°.- Apruébese el Plan técnico operativo 2010 del Programa de Formalización de Segregadores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Mirafl ores y la asignación presupuestal correspondiente para su ejecución, que deberá ser incorporado como una actividad con indicadores y metas