Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2010 (11/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2010

07 de MORDAZA del 2010, a las 19:00 horas en el Atrio de La Ermita del distrito de Barranco. Articulo Segundo.- Dispensar a los contrayentes, del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el articulo 252° del Codigo Civil vigente, estableciendose la obligacion de cumplir con los requisitos que dispone el articulo 248º de la MORDAZA citada. Articulo Tercero.- Aprobar la exoneracion del pago de los derechos correspondientes, estableciendose como pago unico la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), que seran destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, Oficina de Imagen Institucional, Educacion y Cultura, Sub Gerencia de Comercializacion, Defensa del Consumidor y Promocion Empresarial, y Sub Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 465995-1

aprobo por unanimidad con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, lo siguiente: PRORROGAR LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO AL CONTADO Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL 2010 Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del 2010, el plazo para el pago al contado y de la primera cuota en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial 2010. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Division de Registro y Orientacion al Contribuyente, Division de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Unidad de Informatica y Desarrollo Tecnologico su implementacion y a la Gerencia de Secretaria General y Unidad de Imagen Institucional su publicacion y difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 466329-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Prorrogan plazo para el pago al contado y de primera cuota del Impuesto Predial 2010
ORDENANZA Nº 0205-MDI Independencia, 26 de febrero de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA: POR CUANTO:

Reconocen a la Comision Tecnica Mixta de Atencion a la Problematica del Sector Naranjal como espacio de coordinacion para solucionar diversos problemas especificos en la MORDAZA Industrial de Naranjal y designan miembros
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006 -2010/MDI Independencia, 02 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO:

El Concejo Distrital de Independencia, en sesion Ordinaria de la Fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, modificado por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus modificatorias, en su MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, y en su Articulo 41º sobre Condonacion, dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, los articulos 14º y 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, establece los plazos para presentar las declaraciones juradas y efectuar el pago del pago al contado y/o de forma fraccionada, pudiendo el Municipio establecer una prorroga. De conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo Municipal

El Memorandum Nº 188-2010-GM/MDI a traves del cual la Gerencia Municipal remite el Informe Nº 011-2010-GDEL/ MDI, de fecha 24FEB2010, sobre la correspondencia Nº 001893, de fecha 04FEB2010, enviada por los comerciantes de la MORDAZA del Naranjal, denominados "Emporio Comercial Industrial El Naranjal Independencia", formulando demandas de atencion sobre limpieza publica, seguridad ciudadana y ordenamiento del comercio ambulatorio y parqueo, y la correspondencia Nº 2391 de fecha 12FEB2010, seguido por los administrados presentando a sus delegados representativos. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo Nº 194º de la Constitucion Politica del Estado, Las Municipalidades son los organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Articulos 86º y 87º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establecen que es funcion exclusiva de las municipalidades ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion a fin de mejorar la competitividad. Que, por ordenanza Nº 180 se declara MORDAZA rigida para las reparaciones en general y venta de vehiculos y accesorios, trabajos de herreria, carpinteria, artesania, y cualquier otra actividad comercial que ocupe la via publica a toda el area comprendida por las Urbanizaciones Lotizacion Industrial Naranjal,. Lotizacion Industrial Panamericana Norte y Asociacion Pro-Vivienda El Naranjal, jurisdiccion del distrito independencia. Exceptuando de esta prohibicion a las personas naturales y/o juridicas que cuenten con la debida autorizacion de funcionamiento. Que forma parte de las politicas publicas locales de gestion, en concordancia con el Plan de Desarrollo

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