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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de marzo de 2010 415408 Ricardo Palma Nº 130-132-134 en el distrito Santa Ana, provincia de La Convención, departamento del Cusco. Artículo Segundo.- Autorizar a la Financiera TFC el cierre de una ofi cina especial ubicada en la calle San Martín 850, Cercado Urbano del distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 466444-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren el traslado de oficina especial al Centro Poblado de Santiago, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 2067-2010 Lima, 2 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren, de trasladar su Ofi cina Especial ubicada en la Manzana G, Lote 18-B del Centro Poblado de Santiago a la Manzana G, Lote 14, Sector 11 del Centro Poblado de Santiago, ambas direcciones ubicadas en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca laa autorización del traslado solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “A” mediante el Informe Nº 35- 2010-DSM “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren, el traslado de su Ofi cina Especial ubicada en la Manzana G, Lote 18-B del Centro Poblado de Santiago, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, a su nueva ubicación, sito en Manzana G, Lote 14, Sector 11 del Centro Poblado de Santiago, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 465923-1 Autorizan a la EDPYME Nueva Visión S.A. la apertura de agencia en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 2077-2010 Lima, 3 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la EDPYME Nueva Visión S.A. a esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en Urb. Industrial Cayro Mz. A, Lote B-2, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, EDPYME Nueva Visión S.A. en Sesión Ordinaria de Directorio, de fecha 19 de febrero de 2010, aprobó la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “C” y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, por la Resolución SBS N° 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Nueva Visión S.A. la apertura de una (01) agencia ubicada en Urbanización Industrial Cayro Mz. A, Lote B-2, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 466149-1 Actualizan monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre marzo - mayo 2010 CIRCULAR Nº B-2187-2010 Lima, 9 de marzo de 2010 CIRCULAR Nº B - 2187 - 2010 F - 527 - 2010 CM - 374 - 2010 CR - 243 - 2010 ------------------------------------- Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre marzo – mayo 2010 ------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período marzo – mayo 2010, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General, disponiéndose su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el período marzo – mayo 2010 se indica a continuación: