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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2010 (11/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de marzo de 2010 415402 tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar precisiones complementarias a las ya impartidas; como es el caso de autorizar la prórroga del funcionamiento de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna, disponiéndose también que el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la sede de Jaén, Departamento de Cajamarca, Distrito Judicial de Lambayeque, funcionará por el plazo de seis meses, contado desde la fecha de su entrada en vigencia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 82º, incisos 18 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2010, el funcionamiento de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Artículo Segundo.- Precisar que el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la sede de Jaén, Departamento de Cajamarca, Distrito Judicial de Lambayeque, creado por Resolución Administrativa Nº 383-2009-CE-PJ, tendrá vigencia de seis meses; plazo computado a partir del 2 de enero último, estando a que su publicación se llevó a cabo el día anterior. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y Tacna, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 466973-1 Aceptan renuncia de Juez Titular del Primer Juzgado Penal Liquidador de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 033-2010-CE-PJ La Merced, 27 de enero de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 318-2010-P-CSJLA/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, mediante el cual remite a este Órgano de Gobierno la solicitud de renuncia presentada por el señor Pedro Napoleón Lara Benavides, Juez titular del Primer Juzgado Penal Liquidador Permanente de Chiclayo, con certifi cación de fi rma ante Notario Público de Chiclayo, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Pedro Napoleón Lara Benavides formula renuncia al cargo de Juez titular del Primer Juzgado Penal Liquidador Permanente de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque; precisando que fue nombrado en el cargo de Juez del Segundo Juzgado de Instrucción de la Provincia de Chiclayo mediante Resolución Suprema Nº 488-83-JUS de fecha 21 de diciembre de 1983, y haber cumplido 30 años de servicios a la institución; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial; Tercero: Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado de este Poder del Estado; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria descentralizada de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Pedro Napoleón Lara Benavides al cargo de Juez titular del Primer Juzgado Penal Liquidador de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución; y, agradeciéndosele por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 466973-2 Disponen que la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres (Juanjuí) mantenga su funcionamiento bajo la misma competencia territorial, para efectos de conocer procesos de carácter extrapenal RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 082-2010-CE-PJ Lima, 2 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 405-2009-CE-PJ, de fecha 21 de diciembre de 2009, en aras de llevar a cabo la implementación del nuevo Código Procesal Penal, se dispuso la creación y conversión de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de San Martín; Segundo: En esa dirección, de conformidad con la citada resolución se dispuso en el artículo primero, literal c), la conversión de la Primera Sala Mixta Descentralizada con sede en Tarapoto, en Sala Penal de Apelaciones; con competencia en las Provincias de San Martín, Lamas, Picota, Bellavista, Huallaga, Mariscal Cáceres, Tocache, El Dorado y Alto Amazonas; Tercero: Que, asimismo, en el literal d) del artículo segundo se dispuso, entre otros aspectos, que la Sala Penal de Descarga Procesal Penal con sede en Tarapoto