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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2010 (11/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de marzo de 2010 415395 207-2009/SIS y 131-2008/SIS, ha delegado facultades en la Jefatura de la Ofi cina de Administración; Que, conforme al documento de vistos, resulta necesario unifi car en un solo cuerpo normativo la delegación de facultades mencionadas; además en relación a la Resolución Jefatural N° 037-2009/SIS se restituya la facultad contenida en el inciso j) y se otorgue las facultades conferidas en los inciso h) y K) en la Jefatura de la Ofi cina de Administración; asimismo se faculte a ésta para suscribir contratos y aprobar Bases mediante Memorando en los procesos de selección normados por los Decretos Supremos N° 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, respectivamente; Que, con la conformidad y visado de la Subjefatura, del Jefe de la Ofi cina de Administración, de la Secretaria General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el inciso i) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Subjefatura las siguientes facultades: a) Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento y ejecución de las actividades de los ODSIS a nivel Nacional, b) Suscribir en representación del SIS la documentación requerida y necesaria para la coordinación, supervisión y evaluación del funcionamiento y ejecución de los Órganos Desconcentrados del Seguro Integral de Salud (ODSIS) a nivel nacional, c) Aprobar durante cada ejercicio presupuestal, las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático del SIS. Así como aprobar los calendarios de compromisos institucionales, sus ampliaciones y modifi caciones, con arreglo a la Ley de Presupuesto del sector Público, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, y a las disposiciones de la directiva para la ejecución presupuestaria correspondiente, d) Designar a los titulares y suplentes de los comités especiales y de los comités especiales permanentes, que tendrán a su cargo la elaboración de las bases y la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección, e) Aprobar mediante Memorando las bases en licitación pública, concurso público y adjudicación directa pública, f) Cancelar parcial o totalmente los procesos de selección, en cualquier estado del proceso, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otro propósito de emergencia, g) Resolver los recursos de apelación que se deriven de los procesos de selección contemplados en la Ley de Contrataciones de Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, h) Aprobar las licencias solicitadas por los trabajadores y funcionarios del SIS, i) Aprobar los desplazamientos del personal con excepción de las designaciones y encargos, j) Aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones. Artículo 2°.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina de Administración las siguientes facultades: a) Aprobar las liquidaciones de benefi cios sociales de los trabajadores del SIS, b) Suscribir en representación del SIS, los contratos administrativos de servicios, para lo cual llevará a cabo los procedimientos de contratación que resulten necesarios de conformidad al Decreto Legislativo N° 1057 y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y conexas, c) Suscribir la información que debe remitirse a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT a través del PDT y COA, en ausencia del Jefe del SIS, d) Aprobar mediante Memorando las Bases de los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía programables y no programables, normados por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, e) Aprobar mediante Memorando las Bases de los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía programables y no programables, normados por Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, f) Aprobar las prestaciones adicionales y de reducción de los contratos de bienes y servicios del SIS, g) Suscribir contratos de auditoría fi nanciera, h) Suscribir contratos que deriven de los procesos de selección normados por Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, como son: licitación pública, concurso público, adjudicación directa pública, adjudicación directa selectiva y menor cuantía; así como los contratos de locación de servicios y aquellos cuyos montos sean iguales o inferiores a tres (03) UIT, i) Suscribir contratos que deriven de los procesos de selección normados por Decreto Supremo N° 083-2004- PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, como son: licitación pública, concurso público, adjudicación directa pública, adjudicación directa selectiva y menor cuantía; j) Gestionar y tramitar las autorizaciones, comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y todo acto vinculado a los procesos de selección y a las contrataciones del SIS que deban realizarse ante CONSUCODE, OSCE, PERU COMPRAS y la Contraloría General de la República. k) Actuar en nombre y representación del SIS en las audiencias, procedimientos y/o procesos de conciliación y arbitraje, que deriven de procesos de selección contenidos en el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, l) Actuar en nombre y representación del SIS en las audiencias, procedimientos y/o procesos de conciliación y arbitraje, que deriven de precesos de selección contenidos en el Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, m) Conciliar las prestaciones controvertidas o sujetas a conciliación, n) Delegar o sustituir las facultades conferidas en los literales k), l) y m) precedentes en cualquiera de los servidores públicos que presten servicios en la Ofi cina de Administración. Artículo 3°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 4°.- La Secretaria General realizará las acciones necesarias para apoyar en el adecuado cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 5°.- Encargar a la Secretaria General en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, remitir copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fi nes. Artículo 6°.- Disponer que la Secretaria General en coordinación con la Ofi cina de Informática y Estadística, se encargue de la publicación de la presente Resolución, para su observancia obligatoria por todas las unidades orgánicas del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALEJANDRO MANRIQUE MORALES Jefe del Seguro Integral de Salud 466447-1