Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2010 (15/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de marzo de 2010

MORDAZA el 19 y el 22 de marzo de 2010, respectivamente, en la cual la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN expuso los criterios, metodologia y modelos economicos utilizados en el analisis de las propuestas tarifarias presentadas por las empresas Calidda y TGP, asi como el contenido de las observaciones formuladas a dichos documentos; Que, el 29 de marzo de 2010 fue la fecha limite para que los interesados en la regulacion tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias al proyecto de resolucion que fija las Tarifas por Red Principal de Camisea, correspondiente al periodo de vigencia 2010 ­ 2012, recibiendose las opiniones y sugerencias de xxxxxxxxxxx; las cuales han sido publicadas en la pagina Web del OSINERGMIN y cuyo analisis se realiza en el Informe Nº xxxx-2010-GART; Que, en este sentido, se han emitido el Informe Tecnico Nº XXX-2010-GART y el Informe Legal Nº YYY-2010-GART, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General4; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM y sus modificatorias; la Ley Nº 27133, Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-99-EM; el Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, el Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de gas natural por red de ductos en MORDAZA y Callao y la Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD Texto Unico Ordenado y Concordado de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese las Tarifas de la Red Principal (TRP) de Camisea, de acuerdo a lo siguiente:
TRP en Moneda Extranjera US$ / millar de Sm3 TGP 31,4384 31,4384 31,4384

EXPOSICION DE MOTIVOS Los gasoductos que conforman la Red Principal de Camisea se encuentran normados por la Ley Nº 27133, Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural (en adelante la "Ley de Promocion"), su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-99-EM (en adelante el "Reglamento"), y los respectivos Contratos BOOT de las Concesiones de Transporte y Distribucion. La empresa Transportadora del Gas del Peru S.A.A. (TGP) tiene a su cargo, entre otros, la construccion y operacion del gasoducto de transporte de gas natural desde Camisea hasta el City Gate de MORDAZA y Callao, la cual es parte integrante de la Red Principal de Camisea. Por su parte, la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. (Calidda) tiene a su cargo, entre otros, la construccion y operacion del gasoducto de distribucion de alta presion de gas natural desde el City Gate de MORDAZA hasta Ventanilla, la cual es parte integrante de la Red Principal de Camisea. Asimismo, OSINERGMIN, de acuerdo al Articulo 9º de la Ley de Promocion es quien fija los pliegos tarifarios y el cargo por Garantia por Red Principal (GRP), tomando en consideracion la normativa aplicable. Las tarifas actualmente aprobadas, mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 0340-2008-OS/CD, tienen una vigencia hasta el 30 de MORDAZA del 2010; por lo tanto es necesario la emision de nuevas tarifas para el periodo 2010 ­ 2012. Ademas, la citada resolucion creo las condiciones de aplicacion de las Tarifas de la Red Principal lo cual es de caracter general y por tanto debe ser ubicado en la MORDAZA para determinar las Tarifas de la Red Principal. Por otro lado, la empresa CALIDDA, titular de la concesion de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, solicito una Tarifa Unica para su concesion, integrando la Red Principal de distribucion con las Otras Redes. En ese sentido, OSINERGMIN, emitio la Resolucion Nº 261-2010OS/CD, la cual establece la Tarifa Unica de Distribucion de la concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, la misma que entrara en vigencia al dia siguiente de publicado el Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Contrato de Concesion de Distribucion de Gas Natural de MORDAZA y Callao o en la fecha senalada en el citado contrato de concesion. Al respecto, se debe considerar, que de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.5 del Articulo 16º del Reglamento, una vez que entren en vigencia las tarifas aprobadas mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 261-2009-OS/CD, el Periodo de Garantia culminara, de acuerdo a lo que establezca OSINERGMIN. Asimismo, OSINERGMIN, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 16.7 del Articulo 16º del Reglamento, debe definir oportunamente un procedimiento de adecuacion tarifaria para liquidar la Garantia, es decir, los saldos pendientes deben ser incorporados en el calculo de la Tarifa Unica de Distribucion. Adicionalmente, se estima que las ventas por los servicios de la Red Principal de Transporte superen a los Ingresos Garantizados, determinados para el periodo en evaluacion, por lo tanto, este hecho debe ser considerado tambien en el procedimiento de liquidacion de la Garantia que OSINERGMIN emitira oportunamente. En la determinacion de las Tarifas Unicas de Distribucion de CALIDDA, se tomaron en cuenta los Pagos Adelantados de la GRP y los Ingresos Garantizados por la Red Principal, considerando que la Tarifa Regulada para todos los usuarios seria igual a la Tarifa Base, por lo tanto, la liquidacion de la Garantia podria generar un recalculo de las Tarifas Unicas de Distribucion si existe un cambio en los supuestos adoptados respecto a la realidad. En ese sentido, en el momento en que entren en vigencia dichas tarifas los saldos correspondientes a la Red Principal de Calidda, seran incorporados en las citadas tarifas, de acuerdo a lo que OSINERGMIN disponga. En cumplimiento de los dispositivos legales citados y en aplicacion de los criterios expuestos en la presente Exposicion de Motivos, OSINERGMIN expide el proyecto de Resolucion que fija las tarifas correspondientes a la Red Principal de Camisea para el periodo MORDAZA 2010 ­ MORDAZA 2012.

MORDAZA Tarifa Base Tarifa Regulada Generador Electrico Tarifa Regulada Otros Usuarios

Calidda 5,1755 5,1755 5,1755

La Tarifa Aplicable en Moneda Nacional (TA_MN) o Extranjera (TA_ME), se efectua de acuerdo a lo establecido en el Articulo 10º del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG Nº 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 2º.- Los factores de reajuste de las tarifas senaladas en el articulo anterior, se efectuaran de acuerdo a lo establecido en el Articulo 11º del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG Nº 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 3º.- Las Condiciones de Aplicacion de las tarifas de la Red Principal, el Cargo por Reserva de Capacidad (CRC) y el Cargo por Uso (CUM) se encuentran establecidos en Articulo 13º del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG Nº 078-2004-OS/ CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 4º.- Las tarifas de la Red Principal de Distribucion de Calidda quedaran sin efecto cuando entre en vigencia la Tarifa Unica de Distribucion establecida en la Resolucion OSINERGMIN Nº 261-2010-OS/CD, modificada por las Resoluciones OSINERGMIN Nº 051-2010-OS/CD y OSINERGMIN Nº 057-2010-OS/CD. Articulo 5º.- La presente resolucion sera de aplicacion para el Periodo Tarifario comprendido entre el 1 de MORDAZA del 2010 y el 30 de MORDAZA del 2012 salvo lo previsto en el articulo anterior. Articulo 6º.- Incorporese el Informe Tecnico Nº xxx2010-GART y el Informe Legal Nº yyy-2010-GART como anexo y parte integrante de la presente resolucion. Articulo 7º.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y los informes respectivos seran consignados en la pagina WEB de OSINERGMIN: www. osinerg.gob.pe.

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Articulo 3º.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: ... 4. Motivacion.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporcion al contenido y conforme al ordenamiento juridico. ...

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