Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2010 (15/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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del distrito de MORDAZA ­ Pomacochas, Region Amazonas, la misma que establecio como costo total a la fecha de transferencia la suma de S/. 95 375,02; Que, habiendose aprobado la liquidacion final del proyecto citado en el considerando anterior, corresponde formalizar la transferencia a traves de la emision de la correspondiente Resolucion Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural; Decreto Supremo N° 025-2007EM, Reglamento de la Ley N° 28749, Decreto Ley N° 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus normas modificatorias, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; Con opinion favorable del Director General de Electrificacion Rural y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Transferencia bajo la Modalidad de Donacion de Materiales para la ejecucion del proyecto: Electrificacion de las Localidades del distrito de MORDAZA ­ Pomacochas, Region Amazonas, a favor del Gobierno Regional de Amazonas. Articulo 2°.- Poner en conocimiento de la del Gobierno Regional de Amazonas, lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion, a fin de que se procedan a realizar las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2009-038180, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, sera el servicio a prestar inicialmente; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley Nº 28737, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53° del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio;

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a persona natural concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2010-MTC/03 MORDAZA, 5 de marzo de 2010

COMUNICADO OFICIAL N° 005-2010-CG
A LOS JEFES DE ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL
En el MORDAZA del fortalecimiento de los Organos de Control Institucional y el proyecto UMBRAL, la Contraloria General de la Republica requiere contar con informacion actualizada del MORDAZA informatico de los Organos de Control Institucional de las entidades sujetas al ambito del Sistema Nacional de Control. Para dicho efecto, cada Jefe del Organo de Control Institucional, en coordinacion con el Area de Sistemas de cada entidad y como MORDAZA hasta el viernes 19 de marzo del 2010, debe llenar la encuesta puesta a su disposicion en la siguiente direccion electronica: http://apps.contraloria.gob.pe/InventarioOci/ Las consultas o coordinaciones podran realizarse con el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al telefono 330-3000 anexo 4159, o al correo electronico msotos@contraloria.gob.pe. MORDAZA, 11 de marzo de 2010 SECRETARIA GENERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 468151-1 (Se publica el Comunicado a solicitud de la Contraloria General de la Republica mediante Oficio Nº 00168-2010CG/SGE)

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