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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de marzo de 2010 415625 facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 085-2010/ JNAC/RENIEC del 10 de febrero de 2010; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la campaña de entrega gratuita de DNI, conteniendo sus nuevos códigos de ubicación geográfi ca “ubigeo” a los ciudadanos residentes en el Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas por el periodo de dos meses, con motivo del próximo proceso electoral para gobiernos locales, a realizarse en el año 2010, cuyo fi nanciamiento será con cargo a los recursos presupuestarios del Pliego 033: RENIEC, y su afectación será en la medida que se realicen las atenciones correspondientes. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identifi cación e Informática la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 467816-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación la corrección de la dirección de agencia ubicada en el departamento de San Martín RESOLUCIÓN SBS Nº 2112-2010 Lima, 5 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice la corrección de la dirección de una (1) Agencia consignada en la Resolución SBS Nº 382-2007, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante el Informe Nº 034-2010- DSB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883- 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación la corrección de la dirección de la siguiente agencia: Ubicación Dirección Anterior Resolución SBS Nº 382-2007 Dirección correcta según Constancia Domiciliaria de la Municipalidad Distrito Provincia Departamento Jirón La Merced Nº 459 Jirón Mariscal Castilla, esquina con jirón Miguel Grau s/n Juanjui M a r i s c a l Cáceres San Martín Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 467623-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban ajuste del Sistema Vial Metropolitano correspondiente a los distritos de La Molina, Ate, Santiago de Surco y Barranco ORDENANZA N° 1353 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo del 2010, el Dictamen Nº 023-2010-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL AJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE A LOS DISTRITOS DE LA MOLINA Y ATE Artículo Primero.- Aprobar el Ajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modifi car el Anexo 2 de la Ordenanza N° 341-MML, en lo que respecta al Ajuste de la Sección Vial Normativa de la Av. La Molina clasifi cada como Vía Arterial (A-81), con una sección vial normativa de 35.00 – 38.00 ml. en el tramo: Av. Separadora Industrial – c. Los Damascos; de 47.00 – 56.00 ml. en el tramo: c. Los Damascos – Av. La Fontana; y, de 36.00 – 42.00 ml. en el tramo: Av. La Fontana – Av. Alameda del Corregidor, según se muestra en las Láminas Nº 01 y 02 que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza, las cuales serán publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe). Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- Las entidades competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales de La Molina y Ate, efectuarán el control urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas reservadas. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 11 de marzo de 2010 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 467760-1 ORDENANZA N°1354 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo del 2010, el Dictamen Nº 024-2010-MML-CMDUVN