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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2010 (25/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416150 Departamento La Libertad Provincia Virú Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Santa Cecilia 9 Virú 735933.0298 9067593.6175 735682.5341 9067239.2478 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos, ubicados en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Area (m2) Area (ha) Perímetro (m) Santa Elena 1 18-A 18-B 1,348.110 0.13 142.755 Santa Elena 2 19-A 19-B 4,935.406 0.49 293.483 Santa Elena 3 20-A 20-B 5,281.688 0.53 283.373 Santa Elena 4 21-A 21-B 1,535.797 0.15 176.449 Santa Elena 5 22-A 22-B 1,102.711 0.11 128.174 Santa Cecilia 1 23-A 23-B 1,097.502 0.11 127.992 Santa Cecilia 2 24-A 24-B 51,033.850 5.10 887.813 Santa Cecilia 3 25-A 25-B 17,140.658 1.71 530.675 Santa Cecilia 4 26-A 26-B 6,368.541 0.64 354.090 Santa Cecilia 5 27-A 27-B 3,627.472 0.36 280.413 Santa Cecilia 6 28-A 28-B 5,166.798 0.52 275.796 Santa Cecilia 7 29-A 29-B 4,215.201 0.42 268.769 Santa Cecilia 8 30-A 30-B 4,958.313 0.50 278.554 Santa Cecilia 9 31-A 31-B 3,702.165 0.37 266.758 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 472064-15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 553/INC Lima, 16 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 2442-2009-SDIC-DA/INC de fecha 28 de diciembre de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de veintiún (21) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan temporada 2008, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 1183 de fecha 30 de diciembre de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Santa Cruz, Incaico y Sinami, ubicados en la provincia de El Dorado, departamento de San Martín; Las Brisas, Almendra, Pabloyacu, Huicungo, Sachachoper, Tansharina, Alfarillo, Inverna, El Platanal, El Cafetal, Rupiñal, El Higuerón, Aguashiyacu, Shapumbal y Canal Pre-Inca Flor de Mayo, ubicados en la provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; Mishquiyacu 1, Mishquiyacu 2 y Mishquiyacu 3, ubicados en la provincia de Bellavista, departamento de San Martín; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento San Martín Provincia El Dorado Nombre del sitio Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 arqueológico UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Santa Cruz San José de Sisa 308690 9268293 308468 9267918 Departamento San Martín Provincia Moyobamba Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Las Brisas Moyobamba 281783 9328800 281561 9328424 Almendra Moyobamba 281328 9327898 281106 9327522 Pabloyacu Moyobamba 286664 9329588 286442 9329212 Huicungo Jepelacio 277047 9325112 276825 9324736 Sachachoper Jepelacio 276964 9325232 276742 9324856 Tansharina Jepelacio 277048 9325356 276826 9324980 Alfarillo Jepelacio 277364 9325376 277142 9325000 Inverna Jepelacio 277602 9324782 277380 9324406 El Platanal Jepelacio 277265 9325530 277043 9325154 El Cafetal Jepelacio 276700 9325688 276478 9325312 Rupiñal Jepelacio 277567 9322974 277345 9322598 El Higuerón Jepelacio 277281 9322526 277059 9322150 Aguashiyacu Jepelacio 278013 9322044 277791 9321668 Shapumbal Jepelacio 277290 9323172 277068 9322796 Departamento San Martín Provincia Bellavista Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Mishquiyacu 1 Bellavista 320446 9229039 320223 9228664 Mishquiyacu 2 Bellavista 320087 9228955 319864 9228580