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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2010 (25/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416158 que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 103-2010-SDIC-DA/INC de fecha 14 de enero de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de veintiséis (26) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan temporada 2006, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 074 de fecha 15 de enero de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Incacamaña, Cerro Juana, Cerro Apillani, Inca Pata, Cerro Yanapata - Mundo Kururu, Qharwa Umiña, Muralla Aymara, Challapata, Aciru Phatjata, Acari, Cerro Kerata, Cerro Wenchecalla Pukara, Imicate, Qala Qala, Qillamaya, Almaimaña Pata, Tambuyu, Piaqala, Tiracachi, Pukara Tiracachi, Jiska Torrini, Kalasaya, Missa Qala, Villa Queñuani, Intini Qala y Uyu Uyu, ubicados en la provincia de Yunguyo, departamento de Puno; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Puno Provincia Yunguyo Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 19 Datum WGS84 Zona 19 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Incacamaña Yunguyo 481926 8202371 481729 8202004 Cerro Juana Yunguyo 494305 8208993 494107 8208626 Cerro Apillani Yunguyo 491090 8205998 490892 8205631 Inca Pata Ollaraya 501755 8206532 501557 8206165 Cerro Yanapata - Mundo Kururu Yunguyo 495353 8196824 495155 8196457 Qharwa Umiña Yunguyo 494461 8204950 494263 8204583 Muralla Aymara Yunguyo 492262 8203046 492064 8202679 Challapata Yunguyo 488853 8204436 488655 8204069 Aciru Phatjata Yunguyo 485006 8203051 484809 8202684 Acari Yunguyo 484272 8202332 484075 8201965 Cerro Kerata Yunguyo 484830 8201916 484633 8201549 Cerro Wenchecalla Pukara Yunguyo 484215 8198516 484018 8198149 Imicate Yunguyo 486937 8202137 486740 8201770 Qala Qala Copani 494747 8185942 494549 8185575 Qillamaya Copani 495778 8188094 495580 8187727 Almaimaña Pata Copani 496121 8188718 495923 8188351 Tambuyu Copani 496421 8189744 496223 8189377 Departamento Puno Provincia Yunguyo Nombre del elemento arqueológico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 19 Datum WGS84 Zona 19 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Piaqala Yunguyo 490762 8205429 490564 8205062 Tiracachi Yunguyo 490579 8205766 490381 8205399 Pukara Tiracachi Yunguyo 490401 8205741 490203 8205374 Jiska Torrini Yunguyo 490638 8205948 490440 8205581 Kalasaya Yunguyo 489873 8206413 489675 8206046 Missa Qala Yunguyo 490114 8205372 489916 8205005 Villa Queñuani Yunguyo 483483 8202031 483286 8201664 Intini Qala Yunguyo 494386 8209428 494188 8209061 Uyu Uyu Copani 496334 8187089 496136 8186722 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Puno la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 472064-24 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 562/INC Lima, 16 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 982-2009-SDIC-DA-DREPH- INC de fecha 18 de mayo de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0372 de fecha 22 de mayo de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Callhua Callhua, Carbón Mina, Ichiqmonte, Camino Prehispánico Conín – Tayash y Camino Prehispánico Quebrada Torres – Hornillos, ubicados en la provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; Camino Prehispánico Ichiqmonte – Patococha, ubicado entre las provincias de Bolognesi y Lauricocha, departamentos de Ancash y Huánuco; Camino Prehispánico Cocanmachay – Huayllapampa, Camino Prehispánico Carhuacocha – Cerro Toscana, Camino Prehispánico Vallococha – Lauricocha, Puente Inca de Huayllapampa, Puente Inca de Murmunya y Puente Inca de Lauricocha, ubicados en la provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos;