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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de marzo de 2010 416473 AYACUCHO 0.00 497.50 CAJAMARCA 0.00 16.45 CUSCO 0.00 412.50 HUANCAVELICA 0.00 101.39 HUANUCO 0.00 63.75 ICA 0.00 925.00 JUNIN 0.00 330.63 LA LIBERTAD 0.00 5,009.87 LAMBAYEQUE 0.00 325.00 LIMA 0.00 898.67 MADRE DE DIOS 0.00 1,998.03 MOQUEGUA 0.00 25.00 PASCO 0.00 43.75 PIURA 0.00 226.35 PUNO 0.00 812.50 SAN MARTIN 0.00 62.50 TACNA 0.00 862.50 TUMBES 0.00 12.50 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 13,360.30 Nº Gobiernos Regionales 22 473521-1 JUSTICIA Otorgan plazo adicional a Comisión Multisectorial para presentar informe sobre el documento denominado “Perú: Diagnóstico y recomendaciones de mejoras para el sistema de garantías mobiliarias” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 064-2010-JUS Lima, 30 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 227-2009- JUS se constituyó la Comisión Multisectorial de carácter temporal dependiente del Ministerio de Justicia, encargada de analizar el documento denominado “Perú: Diagnóstico y recomendaciones de mejoras para el sistema de garantías mobiliarias” elaborado por encargo del Banco Interamericano de Desarrollo y la Fundación CEAL; Que, dada la complejidad de la labor encomendada resulta necesario otorgar un plazo adicional de sesenta (60) días calendario a la mencionada Comisión Multisectorial, con la fi nalidad que pueda concluir de manera ordenada y sistemática el análisis del documento materia de estudio y proponer lo necesario para viabilizar las recomendaciones de dicho informe; De conformidad con lo establecido por el numeral 4) del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar un plazo adicional de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de esta norma, a la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de analizar el documento denominado “Perú: Diagnóstico y recomendaciones de mejoras para el sistema de garantías mobiliarias” elaborado por encargo del Banco Interamericano de Desarrollo y la Fundación CEAL, para presentar el informe conteniendo sus recomendaciones. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia, la Ministra de Economía y Finanzas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros VICTOR GARCIA TOMA Ministro de Justicia MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones JOSE GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 475581-14 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29392, Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29392, Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, se determinaron tanto las infracciones administrativas como las consecuentes sanciones por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en las normas legal y reglamentaria mencionadas; Que, la Ley Nº 29392 ordena al Poder Ejecutivo que, mediante Decreto Supremo, emita las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el cumplimiento de dicha norma legal; Que, de conformidad con la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, este Portafolio ejerce competencia en la promoción de la equidad de género, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la igualdad de oportunidades para la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas; Que, a su vez, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, prevé que este Ministerio ejerce rectoría en el ámbito de la promoción, atención y defensa de las personas con discapacidad; Que, en tal sentido, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ha formulado la reglamentación de la Ley Nº 29392 con la fi nalidad de hacer realidad la exigencia de los derechos y benefi cios establecidos en la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y la Ley Nº 29392 – Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto. Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 29392, Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento