TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de mayo de 2010 418919 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 167/INC de fecha 25 de marzo de 2003, se declara como patrimonio cultural de la Nación a la zona arqueológica Tijerales, ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 2344-2009-SDIC-DA- DREPH/INC de fecha 14 de diciembre de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda que el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Tijerales pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su evaluación correspondiente; Que, mediante Acuerdo Nº 1173 de fecha 18 de diciembre de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: 1. Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 167/INC de fecha 25 de marzo de 2003, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a la zona arqueológica monumental Tijerales, ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima” 2. Dejar sin efecto el artículo 2º de la precitada Resolución Directoral Nacional. 3. Aprobar el expediente técnico de la mencionada zona arqueológica monumental. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000- ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 167/INC de fecha 25 de marzo de 2003, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a la zona arqueológica monumental Tijerales, ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima” Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la precitada Resolución Directoral Nacional. Artículo 3º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Tijerales, ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre de la zona arqueológica monumental Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Tijerales PP-019-INC_ DREPH-DA- SDIC-2009 PSAD56 PP-019-INC_ DREPH-DA- SDIC-2009 WGS84 247331.86 24.7331 2680.55 Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico mencionado en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 493147-1 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Tacna, Cusco, Lima, Cajamarca, San Martín, Piura, Huánuco y Huancavelica RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1040/INC Lima, 6 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1186/INC de fecha 04 de noviembre de 2004, se declaró patrimonio cultural de la Nación a las Pinturas Rupestres de Vilavilani, ubicadas en el distrito de Palca, provincia y departamento de Tacna; Que, mediante Informe Nº 1164-2009-SDIC-DA/ DREPH/ INC de fecha 06 de mayo de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de veintisiete (27) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del proyecto de investigación arqueológica “Estudio del arte rupestre de Vilavilani – Charipujo, Tacna” a cargo del Lic. Víctor Falcón Huayta, con R.N.A. Nº DF-0181, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0448 de fecha 12 de junio de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología