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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de mayo de 2010 419235 la mejora de normas, políticas, planes y programas para lograr tal fi n, en adelante la Comisión. La Comisión dependerá del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Articulo 2°.- De la Conformación de la Comisión La Comisión estará conformada por los siguientes miembros: - Dos (2) representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales la presidirá; - Un (1) representante de la Presidencia de Consejo de Ministros; - Un (1) representante del Ministerio de la Producción; y - Un (1) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. También podrán conformar la Comisión: - Un (1) representante de la Comisión Especial de Personas con Discapacidad del Congreso de la República; - Un (1) representante de la Defensoría del Pueblo. La Comisión podrá invitar a especialistas del sector público y privado, para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 3°.- Designación de los Representantes Los representantes de cada sector conformantes de la Comisión, serán designados mediante resolución de su Titular, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución. El Congreso de la República y la Defensoría del Pueblo comunicarán mediante oficio la designación de sus representantes, al Secretario Técnico de la Comisión, en el mismo plazo considerado en el párrafo precedente. Cada miembro titular de la referida Comisión podrá contar con un representante o miembro alterno. Artículo 4°.- Del Secretario Técnico La Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, será quien se desempeñe como Secretario Técnico de la Comisión. Artículo 5°.- Participación de Terceros Las instituciones públicas y privadas, así como las personas naturales y jurídicas interesadas en el trabajo de la Comisión podrán efectuar sus propuestas y recomendaciones, las mismas que deberán canalizarse a través del Secretario Técnico de la Comisión. De la misma manera, las instituciones públicas, sin excepción y bajo responsabilidad de quienes las dirijan, prestarán el apoyo informativo que les sea requerido por la Comisión para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 6°.- Del Plan de Trabajo En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, posteriores a la instalación de la Comisión, éste aprobará su Plan de Trabajo, dando prioridad a la reglamentación del artículo 33° de la Ley N° 27050, que establece la cuota de 3% de empleo de personas con discapacidad en el sector Público. Artículo 7°.- Del Plazo La Comisión se instalará en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, y tendrá un plazo de noventa (90) días hábiles a partir de su instalación, para presentar el correspondiente Informe Técnico al Despacho Ministerial de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que deberá contener una evaluación integral de la inclusión laboral y empresarial actual de las personas con discapacidad y las recomendaciones pertinentes para su mejora. Artículo 8°.- Gastos de la Comisión La Comisión no ocasionará gasto alguno al Tesoro Público. Artículo 9°.- Refrendos La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de la Producción y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo JOSÉ GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción NIDIA VÍLCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 496850-9 Autorizan viaje de reportero y camarógrafo del IRTP para cubrir las incidencias del evento Expo Perú - México RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 118-2010-PCM Lima, 20 de mayo de 2010 Visto, el Ofi cio Núm. 060-2010-PE-IRTP del Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha invitado al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a fi n que cubra las incidencias de la Expo Perú - México a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos, del 24 al 27 de mayo de 2010; Que, el citado evento tendrá como objetivo promocionar el comercio exterior y el turismo del Perú en dicho país, por ser un mercado interesante para los productos peruanos; Que, en tal sentido, se ha estimado conveniente autorizar el viaje de los señores Bruno David Ponce de León Gomez, Reportero y Emilio Guzmán Cárdenas Ortiz, Camarógrafo del IRTP; Que, los gastos por concepto de viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con la Ley Núm. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Núm. 047-2002- PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de los señores Bruno David Ponce de León Gomez, Reportero y Emilio Guzmán Cárdenas Ortiz, Camarógrafo del IRTP, a los Estados Unidos Mexicanos, del 24 al 27 de mayo de 2010, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán con cargo a los recursos del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Bruno David Ponce de León Gomez Viáticos US$ 800,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Emilio Guzmán Cárdenas Ortiz Viáticos US$ 800,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el artículo 1º de la presente resolución, deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las