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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de mayo de 2010 419240 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 42 810 425,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 57 259 662,00 =========== El detalle de los recursos asociados a la transferencia de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas a favor del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales, a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras se encuentra en el Anexo “Costos diferenciales según los reportes del Formato A de las unidades ejecutoras Ministerio de Salud, Organismos Públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales, requeridos para el nombramiento, Leyes Nºs 28498 y 28560 y Decreto de Urgencia Nº 094-2009” que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.-Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo Encargada del Despacho del Ministerio de Salud 496850-6 Autorizan Crédito Suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el año fiscal 2010 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la Primera Convocatoria DECRETO SUPREMO Nº 111-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, destinado al cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la fi nalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica; Que, la Ley Nº 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, establecieron la implementación y el funcionamiento del FONIPREL disponiéndose que la Secretaría Técnica presenta la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos de inversión que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobación; Que, el numeral 1.3 del artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 030-2008 dispone que los recursos del FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios y/ o proyectos de inversión resulten ganadores del concurso; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 22 de julio del 2008, aprobó la lista de los estudios de preinversión y proyectos de inversión de la Primera Convocatoria seleccionados por la Secretaría Técnica para el respectivo cofi nanciamiento, por una suma total de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTITRES Y 76/100 NUEVOS SOLES (S/. 376 779 923,76); Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió los respectivos convenios de cofi nanciamiento con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o de los proyectos de inversión; Que, conforme a lo informado en los mencionados cronogramas de ejecución fi nanciera, se ha determinado que para el Año Fiscal 2010 es necesario incorporar un monto total de TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 787 256,00) en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cuyos proyectos de inversión resultaron ganadores de la Primera Convocatoria del FONIPREL; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 204- 2007-EF y el Decreto de Urgencia Nº 030-2008; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 787 256,00) para la ejecución de los proyectos que resultaron ganadores del primer concurso de FONIPREL, de acuerdo con el Anexo Nº 1 que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En nuevos soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 3 787 256,00 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL) ------------------- TOTAL INGRESOS 3 787 256,00 =========== EGRESOS En nuevos soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 442 : Gobierno Regional del Departamento de Apurímac