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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de mayo de 2010 419337 General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Cielos del Perú S.A. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas ordenes de inspección, y referidas en el Informe Nº 266- 2010-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29465, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Melquiades Carlos Murga Escobedo y César Leonardo Villanueva Grados, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 14 al 17 de junio de 2010, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, respectivamente de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nºs. 266- 2010-MTC/12.04 y 141-2010-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 14 AL 17 DE JUNIO DE 2010 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 141-2010-MTC/12.04 Y Nº 266-2010-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 801-2010-MTC/12.04 14-Jun 17-Jun US$ 660.00 US$ 31.00 Cielos del Perú S.A. Murga Escobedo, Melquiades Carlos Miami EUA Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo DC-10 a Ingenieros de vuelo. 4956-7159-7160-7161 802-2010-MTC/12.04 14-Jun 17-Jun US$ 660.00 US$ 31.00 Cielos del Perú S.A. Villanueva Grados, Cesar Leonardo Miami EUA Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo DC-10 a tripulantes técnicos 601-1169-7157-7158 497434-19 Autorizan viaje de profesionales de la Autoridad Portuaria Nacional a México para participar en el IV Foro Iberoamericano de Protección Marítima y Portuaria RESOLUCIÓN SUPREMA N° 074-2010-MTC Lima, 21 de mayo de 2010 VISTOS: Los Ofi cios No. 130-2010-APN/PD y No. 152-2010- APN/PD del 21 de abril de 2010 y del 30 de abril de 2010, respectivamente, emitidos por el Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002- PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Red PBIP México Internacional - Red Internacional de Cooperación Técnica en Protección Marítima y Portuaria, realizará el IV Foro Iberoamericano de Protección Marítima y Portuaria, el cual se llevará a cabo del 23 al 25 de junio del presente año, en la ciudad de Veracruz, México; Que, el citado evento tiene como objetivo hacer un frente común y aunar esfuerzos para intercambiar información, experiencias y las mejores prácticas en el marco de la implementación efectiva de las prescripciones del Código Internacional para la protección de buques e instalaciones portuarias utilizadas para el comercio internacional; Que, las participaciones de los señores Juan Pozo Vivanco y Teodoro Agüero Fizcarral, en dicho evento, conllevará a fortalecer la integración de los países iberoamericanos en el tratamiento de los sistemas de gestión de la protección portuaria en la cadena logística del comercio internacional; asimismo servirá para intercambiar experiencias y mejoras en la aplicación del Código PBIP a las instalaciones portuarias a nivel nacional;