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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2010 (22/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de mayo de 2010 419336 la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, Trans American Airlines S.A. – Taca Perú ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente a los Procedimientos a que se refi ere en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección, y referida en los Informes Nos. 267- 2010-MTC/12.07 y 084-2010-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29465, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010 y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Filiberto Cárdenas Chávez, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 07 al 11 de junio de 2010, a la ciudad de San Salvador, El Salvador, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 267-2010-MTC/12.07 y Nº 084-2010-MTC/12.07. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Trans American Airlines S.A. – Taca Perú a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 07 AL 11 DE JUNIO Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 084-2010-MTC/12.07 Y Nº 267-2010-MTC/12.07 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 263-2010-MTC/12.07 07-Jun 11-Jun US$ 800.00 US$ 31.00 TACA PERU Cárdenas Chávez, Filiberto San Salvador El Salvador Inspección técnica por renovación de Constancias de Conformidad de las aeronaves de la fl ota A320-233/A321-231 con matrículas N497TA, N567TA y N566TA, asimismo inspección técnica de Estación de línea y base e inspección al TMA. 3354-3355-3357-3358- 3359-3360-3361-3362 497434-18 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 073-2010-MTC Lima, 21 de mayo de 2010 VISTO: El Informe Nº 266-2010-MTC/12.04 del 20 de abril de 2010, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 141-2010-MTC/12.04 del 16 de abril de 2010, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 001- 2010, precisó que para el caso de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restricción establecida en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29465, se canalizan a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Cielos del Perú S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de junio de 2010, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección