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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2010 (23/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de mayo de 2010 419414 del acta, y el voto unánime de sus miembros, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011 EN LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO TÍTULO I OBJETIVO, FINES , MARCO LEGAL Artículo 1°.- OBJETIVO Y FINES El presente Reglamento norma el Proceso, Participación, discusión, Fiscalización y ejecución del Presupuesto Participativo, de acuerdo a lo señalado en la Nueva Ley Orgánica N° 27972, el mismo que es promovido en forma concertada por el Municipio de Barranco y la activa participación de las Organizaciones Sociales de nuestro distrito a fi n de concertar la distribución de los recursos públicos. Artículo 2°.- FINALIDAD El Presupuesto Participativo tiene las siguientes fi nalidades: a).- Reforzar la relación entre el gobierno local y la comunidad, introduciendo formalmente en el ámbito de la gestión pública una nueva forma de comprender y ejercer la ciudadanía con mecanismos de democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas. b).- Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del PDC, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como actores en la implementación de las acciones de su gobierno local y la sociedad en su conjunto. c).- Fijar prioridades en la Inversión pública, estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos de desarrollo local. d).- Reforzar el seguimiento, control y vigilancia de la ejecución del presupuesto participativo. Artículo 3°.- MARCO LEGAL.- El presente reglamento está basado en la siguiente base legal: • Constitución Política del Perú • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto participativo y su modifi catoria Ley Nº 29298 • Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. • Decreto Supremo Nº 142-2009-EF se aprueba el nuevo Reglamento de la Ley Nº 28056. • Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital; • Resolución Directoral Nº 007-2010-EFG/76.01, que aprueba el “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados” TÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 4º.- El Alcalde y los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convocan a participar en el Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 5º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad de Barranco. Está integrado por el Alcalde, quien lo Preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde y los Regidores y por los Representantes elegidos de las Organizaciones Sociales de Base. Artículo 6º.- El Equipo Técnico Municipal, tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados de este proceso, a fi n de informar del resultado de estos a los órganos correspondientes. Artículo 7º.- El Equipo Técnico está integrado por: a) Jefe de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. b) Gerente de Desarrollo de la Ciudad c) Subgerente de Participación Vecinal. d) Subgerente de Obras Públicas. e) Un representante de la Sociedad Civil. Asimismo, para efectos de la formulación del Presupuesto Participativo 2010, se convocará a las Gerencias de Seguridad Ciudadana, Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Imagen Institucional y de Desarrollo Humano, las cuales deberán participar en las actividades de este proceso. Articulo 8°.- Funciones del Equipo Técnico.- El Equipo Técnico tiene a su cargo la preparación y suministro de información que precede a la convocatoria a los Talleres de Trabajo y tiene como objeto dotar a los participantes de información actualizada y relevante para el proceso. Además de: - Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso participativo especialmente en identifi cación de problemas y priorización. - Apoyar en la organización y ejecución de los talleres durante el proceso. - Preparar y suministrar la información necesaria para el debate en los talleres de trabajo. - Sistematizar los resultados y elaborar el Documento del Presupuesto Participativo para el año fi scal a ejecutarse, en la que se refl eje los compromisos y acuerdos establecidos entre los agentes participantes. - El Equipo Técnico prepara el “Documento del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal a ejecutarse para ser presentado a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en la fecha que se establezca en su oportunidad de conformidad con lo que determinen las Directivas de Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales para cada año fi scal. Artículo 9º.- El Concejo Municipal, es la instancia máxima de aprobación del Presupuesto Participativo, siendo el Alcalde quien dispone la publicación de los acuerdos fi nales, así como la remisión del documento del Presupuesto Participativo a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO III LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 10°.- Representantes de la Sociedad Civil.- En la discusión del presupuesto participativo participan todos los segmentos de la sociedad civil , representados por sus delegados acreditados que para tal efecto se inscribirán en un libro de Registro que aperturará la municipalidad de Barranco. La Sociedad Civil esta representado por los siguientes segmentos tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, , sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad. Los Organismos e Instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. Los Agentes participantes se comprometen a respetar los acuerdos tomados por mayoría y al cumplimiento de la labor fi scalizadora, que por encargo se les asigna como conformantes del Comité de Vigilancia.