TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de mayo de 2010 419404 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 496978-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan Coordinadores de Local de Votación de las ODPE Madre de Dios, Callao, Ucayali, Cajamarca y San Martín, así como accesitario al cargo de la ODPE Piura RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 095-2010-J/ONPE Lima, 19 de mayo de 2010 Vistos: el Ofi cio Nº 3530-2010-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Acta Nº 016-2010 de la Comisión de Concurso Público de Méritos para la Selección de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Locales de Votación de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los cuales desempeñarán funciones durante las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País y las Nuevas Elecciones Municipales 2010; el Memorando Nº 165-2010-SGODES-GOECOR/ ONPE de la Subgerencia de Operaciones Electorales Desconcentradas de la Gerencia de Organización y Coordinación Electoral; así como el Informe Nº 135-2010- OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 001-2010- J/ONPE, se convocó a Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País para el día 13 de junio de 2010; Que, mediante Decretos Supremos Nos. 020 y 021- 2010-PCM, publicados en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de enero y 06 de febrero de 2010, respectivamente; se convocó a Nuevas Elecciones Municipales para el día 06 de junio de 2010; Que, de conformidad con el artículo 24º de la Ley Nº 26487, mediante Resolución Jefatural Nº 027-2010- J/ONPE, se aprobó la conformación de las veinticinco (25) Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales – ODPE, para las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 077-2010-J/ ONPE publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 6 de mayo de 2010, se aprobó la relación de personas seleccionadas para desempeñar el cargo de Coordinador de Local de Votación durante el desarrollo de los procesos electorales citados precedentemente; así como a sus accesitarios, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la misma; otorgándosele a la ciudadanía el plazo previsto en el artículo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; para la interposición de las tachas respectivas; Que, mediante Ofi cio de vistos, el Jurado Nacional de Elecciones comunica a la Entidad, que no se ha interpuesto tacha contra las personas que fi guran en el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 077-2010-J/ONPE; Que, adicionalmente a la información sobre posibles afi liaciones de los postulantes a alguna organización política, contenida en el Ofi cio Nº 1717-2010-ROP/JNE, que sirvió de base para la elaboración de la lista de preseleccionados al cargo de Coordinador de Local de Votación, la Comisión de Concurso Público de Méritos para la Selección de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Locales de Votación de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, consideró pertinente verifi car si éstos han desempeñado cargos directivos en alguna organización política o han sido candidatos a cargos de elección popular en los últimos cuatro (04) años; resultando que las siguientes personas: Menacho Carrasco, Yvan Antonio (seleccionado como Coordinador de Local titular de la ODPE Lima), Mora Matto, Maximiliano (seleccionado como Coordinador de Local titular de la ODPE Cusco) y Vicente Quispe, Rosemary Elizabeth (seleccionada como accesitaria de la ODPE Lima); se encuentran incursos en los impedimentos señalados en el artículo 9º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Que, asimismo en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del numeral 5 de la Fase II, de la Directiva Específi ca Nº D03.0-2010-OGA/ONPE y con la fi nalidad de resolver el problema de la falta de postulantes en las ODPE de Cajamarca, Callao, Madre de Dios, San Martín y Ucayali, la Comisión antes citada acordó en su sesión de fecha 19 de mayo de 2010, invitar a un número de seis (06) personas seleccionadas como accesitarios de otras ODPE, para ejercer el cargo de Coordinador de Local de Votación según el detalle siguiente: ODPE DNI APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE Madre de Dios 24706806 Sencca Checya David Callao 08552965 Quispe Lujan Roberto Callao 09780748 Moran Huamani Violeta Ucayali 43177721 Ayala Modesto Leidy Sendy Cajamarca 15735732 Alvites Carhuatanta Flor San Martín 40091321 Mas Antonio Sandra Rocío Que, mediante Memorando de vistos, la Subgerencia de Operaciones Electorales Desconcentradas de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, informó a la Comisión, que teniendo en cuenta el presupuesto analítico entregado inicialmente a la ODPE de Piura, se procedió a realizar la selección de personal para siete (07) vacantes al cargo de Coordinador de Local de Votación en dicha ODPE. Sin embargo, debido a restricciones presupuestales, se determinó fi nalmente que, el total de vacantes requeridas en la mencionada sede es de seis (06); por lo cual, se acordó excluir de la lista de seleccionados titulares al señor Timana Alvarez, Marcos; quien ocupó el último lugar en orden de mérito e incluirlo en la lista de seleccionados accesitarios; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así como el literal cc) del artículo 9º de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en los cargos de Coordinadores de Local de Votación de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que desempeñarán funciones en las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País y Nuevas Elecciones Municipales