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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (13/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de noviembre de 2010 429132 (…) Los locales comerciales edifi cados con Licencia de Construcción otorgada por la Municipalidad de San Isidro con anterioridad a la vigencia del Decreto de Alcaldía N° 018-2007-ALC/MSI, y que a la fecha han devenido en uso no conforme encontrándose en zonifi cación residencial o comercial, se les aplicará el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente en el momento de otorgamiento de la Licencia de Construcción, con excepción de los giros de restaurantes, cafeterías, bingos, salas de baile, discotecas, clubes sociales o departamentales, y locales de acumulación masiva de público. (…) Para el uso comercial del retiro municipal, se aplicarán las normas específi cas del distrito. Artículo 21°.- INDICE DE ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO EN ZONIFICACIÓN COMERCIAL (…) Estacionamientos en Retiros Se permitirá considerar plazas de estacionamientos en el retiro municipal, solo en edifi caciones existentes con zonifi cación de comercio vecinal, comercio zonal y comercio metropolitano, debiendo dejar las áreas libres destinadas a los accesos peatonales y de ser necesaria la rampa de acceso para personas con discapacidad. No se permitirá considerar plazas de estacionamiento, en proyectos de licencia de edifi cación nuevas, en el retiro municipal en zonifi cación de comercio vecinal, comercio zonal y comercio metropolitano. Asimismo, no se permitirá en ningún caso, el estacionamiento paralelo en el retiro municipal con acceso directo desde la vía. (…) Artículo Tercero.- Incluir la Nota aclarativa de: El Anexo Nº 02 - “Índice de Estacionamientos para Actividades Comerciales, Administrativas y de Servicios” del Decreto de Alcaldía Nº 018-2007-ALC/MSI y sus modifi caciones, de la siguiente manera: “El cálculo del 65% del área total señalado en el segundo párrafo del artículo 21º, se hace extensivo a los distintos tipos de usos, en el presente Cuadro, cuyo ratio está referido a áreas.” El Cuadro Nº 2: “Resumen de Zonifi cación Comercial” “La columna de USO RESIDENCIAL COMPATIBLE, solo es aplicable para edifi caciones nuevas, permitiéndose las ampliaciones y remodelaciones, de las viviendas existentes en zonifi cación comercial.” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Los administrados que cuenten con trámites bajo los alcances del Decreto de Alcaldía N° 018-2007-ALC/MSI y sus modifi catorias y que no hayan concluido, podrán acogerse a lo establecido en el presente mediante solicitud escrita. Segunda.- De acuerdo a las facultades establecidas en la Disposición Final de la Ordenanza N° 1093-MML se establece que el Anexo N° 02 - Índice de Estacionamientos para Actividades Comerciales, Administrativas y de Servicios y la normatividad referida al requerimiento de estacionamientos aprobada mediante el Decreto de Alcaldía N° 018-2007-ALC/MSI y sus modifi catorias será de aplicación para la Zona de Reglamentación Especial Centro Comercial Camino Real. Tercera.- Déjese sin efecto todo lo que se oponga a la presente norma Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 565818-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL