Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2010 (17/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca, San Rafael.

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 2010

DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna, Toquepala. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Culina, Breu, Oventeni, Paititi, Pucallpa, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Ayacucho. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Cajamarca. - Aeropuerto de Huanuco. - Aeropuerto de Chiclayo. - Aeropuerto de Trujillo. - Aeropuerto de Piura. - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Iquitos. - Aeropuerto de Chimbote. - Aerodromo de Rioja. - Aerodromo de Juanjui. - Aeropuerto de Yurimaguas. - Aerodromo de Huascaran / Anta. - Aerodromo de Chachapoyas. - Aerodromo de Jauja. - Aeropuerto de Andahuaylas. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania LC BUSRE S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania LC BUSRE S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania LC BUSRE S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania LC BUSRE S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania LC BUSRE S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/ o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania LC BUSRE S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley

de Aeronautica Civil, o su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de la compania LC BUSRE S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania LC BUSRE S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania LC BUSRE S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 554610-1

Otorgan permiso de operacion aviacion general a persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 224-2010-MTC/12 MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2010

de

Vista la solicitud de la compania MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTACIO, sobre Permiso de Operacion de Aviacion General: Servicio Privado / Civico / Deportivo / Instruccion; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº 2010014955 del 15 de MORDAZA del 2010, Documento de Registro Nº 085648 del 15.06.2010, Documento de Registro Nº 2010-014955-A del 24.06.2010 y Documento de Registro Nº 094191 del 08.07.2010 el Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTACIO solicita Permiso de Operacion de Aviacion General: Servicio Privado / Civico / Deportivo / Instruccion; Que, segun los terminos del Memorando Nº 4912010-MTC/12, Informe Nº 492-2010-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 067-2010-MTC/12.07.PEL, Memorando Nº 729-2010-MTC/12.LEG, Memorando Nº 787-2010MTC/12.LEG y Memorando Nº 830-2010-MTC/12.LEG; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica

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