TEXTO PAGINA: 65
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de noviembre de 2010 429733 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1454 Mediante Ofi cio Nº 1631-2010-MML-SGC la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1454, publicada en la edición del 19 de noviembre de 2010. DICE: Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Carabayllo, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. DEBE DECIR: Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Pachacamac, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. 569933-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 017 Ate, 11 de noviembre de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Informe Nº 129-2010-MDA/OGP de fecha 07 de octubre de 2010, expedido por la Ofi cina General de Planifi cación; el Informe Nº 614-2010-MDA/ OGAJ de fecha 18 de octubre de 2010, expedido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y el Proveido N° 4122-2010/MDA/GM de fecha 20 de octubre de 2010, expediddo por la Gerencia Municipal; sobre la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) adecuándolo a lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 311-MML; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de junio de 2010, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Ate aprobó la Ordenanza Nº 245-MDA; que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 29 de agosto de 2010; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto de 2010, el Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 311-MML que ratifi ca 140 derechos correspondientes a un total de 111 procedimientos y servicios administrativos, contenidos en la Ordenanza Nº 245-MDA; Que, la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria emite el Informe Técnico Legal Nº 004-18100000165 el 04 de junio de 2010, el mismo que ratifi ca 140 derechos correspondientes a un total de 111 procedimientos y servicios administrativos; sin embargo la opinión favorable no alcanza a los derechos de trámite establecidos en los procedimientos siguientes: Procedimiento 7 “Expedición de copia simple de documentos”. Procedimiento 8 “Expedición de copia certifi cada”. Procedimiento 10 “Transparencia y acceso a la información pública”, respecto de los cobros: FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL