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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de noviembre de 2010 429885 derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. GONZALES VILLARAN; MAXIMO RUBER, Inhabilitación por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1736-2010-TC- S1 del 13.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 11. A Y A VASQUEZ CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., Mediante Resolución Nº 1943-2010-TC-S2 de 15.10.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1743-2010-TC-S2 del 15.09.2010, que la sanciona con ocho (08) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 12. KS INTERNATIONAL GROUP S.A.C., Mediante Resolución Nº 1990-2010-TC-S2 de 25.10.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1756-2010-TC- S2 del 20.09.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) literal a) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 13. CENTRO DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL MULTIDISCIPLINARIO CAEM – SUCURSAL DEL PERU, Inhabilitación por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/ o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1780-2010-TC-S3 de 21.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 14. REPRESENTACIONES Y SERVICIOS GENERALES SELVA S.R.L - REGSEL, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, así como en el numeral 1) literal i) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, según Resolución Nº 1810-2010-TC-S2 de 27.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 15. INVERSIONES & CONSTRUCCIONES S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1812-2010-TC- S2 del 27.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 16. THE LIMA CONSULTING GROUP S.A.C., Mediante Resolución Nº 2086-2010-TC-S3 de 03.11.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1821-2010- TC-S3 del 28.09.2010, que la sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente. 17. ENTERPRISE COMMUNICATION S.A., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el numeral 1 del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1822-2010-TC-S4 del 28.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 18. FDV CONSTRUCCIONES GENERALES S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1826-2010-TC- S4 del 28.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 19. INVERSIONES Y CONSTRUCTORA SINALCE S.A.C., Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte y por subcontratar sin autorización de la Entidad, causal tipifi cada en el numeral 2) y 7) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1828-2010-TC-S4 del 28.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 20. EC OSORES S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1830-2010-TC-S2 del 29.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21. COMINDENT TARRILLO BARBA S.A.C., Mediante Resolución Nº 2071-2010-TC-S1 de 29.10.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1835-2010-TC- S4 del 29.09.2010, que la sanciona con cuatro (04) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución parcial del contrato, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 22. COLOGRAF S.R.L., Inhabilitación por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1836-2010-TC-S1 del 29.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 23. AURICH ZAPATA; CESAR MIGUEL, Inhabilitación por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1838-2010-TC-S4 del 29.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 24. GALINDO LLACTA; HENRY TIMOTEO, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber mantenido su oferta hasta la suscripción del contrato, infracción tipifi cada en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 27767, según Resolución Nº 1840-2010-TC-S4 del 29.09.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 25. CONSTRUCTORA R Y P INGENIEROS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., Inhabilitación