Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (26/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de noviembre de 2010 429902 - Local Comercial Nº LF-1, el cual se encuentra situado en el primer nivel del centro comercial ubicado con frente a las Av. Porongoche s/n, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. - Esquina Andrés Avelino Cáceres con Av. Universitaria, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 570860-1 Autorizan a Prima AFP la apertura de agencia en la provincia de Chincha, departamento de Ica RESOLUCIÓN SBS N° 14899-2010 Lima, 17 de noviembre de 2010 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: Las cartas Nos GDC-044 y 047-2010 ingresadas con registros Nos 2010-56757 y 2010-60102, respectivamente, por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones Prima AFP, representada por su Gerente Comercial señor Renzo Ricci Cocchella y, el Informe N° 30-2010-DSI, del Departamento de Supervisión de Instituciones. CONSIDERANDO: Que, mediante las comunicaciones de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice la apertura de una Agencia ubicada en la Calle Lima N° 236, en el Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha y Departamento de Ica; Que, de la evaluación de la información contenida en dichos documentos se ha determinado que Prima AFP ha cumplido con presentar la documentación establecida en el artículo 8º de la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP, así como, las condiciones operativas mínimas establecidas en el artículo 9º de la citada norma; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones, mediante Informe N° 30-2010- DSI, de fecha 11 de noviembre del 2010; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Instituciones y del Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modifi catorias, la Resolución N° 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias y la Resolución SBS N° 949-2000; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Prima AFP la apertura de una Agencia en la Calle Lima N° 236 del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha y Departamento de Ica. Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 570704-1 Autorizan al Banco de Crédito del Perú el traslado de oficinas de su Sucursal de Panamá RESOLUCIÓN SBS Nº 15265-2010 Lima, 18 de noviembre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice el traslado de las ofi cinas de su Sucursal de Panamá, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para las mencionadas aperturas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 214-2010- DSB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, en vías de regularización, al Banco de Crédito del Perú, el traslado de las ofi cinas de su Sucursal de Panamá, ubicadas en Calle 50 y Aquilino de la Guardia, Torre Plaza Banco General, Piso 28, Ciudad de Panamá, Panamá, hacia las nuevas ofi cinas ubicadas en Calle Elvira Méndez, Edifi cio Vallarino, Piso 3, Ciudad de Panamá, Panamá. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 570978-1 Modifican Reglamento de las Inversiones Elegibles de las Empresas de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 15333-2010 Lima, 24 de noviembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modifi catorias, en adelante Ley General, establece en sus artículos 311º y siguientes, el régimen de las inversiones que respaldan las reservas técnicas, el patrimonio mínimo de solvencia y el fondo de garantía de las empresas de seguros y/o reaseguros; Que, mediante la Resolución SBS Nº 039-2002 del 16 de enero 2002 y sus modifi catorias, se aprobó el Reglamento de las Inversiones Elegibles de las Empresas de Seguros, donde se estableció las características que deben cumplir las inversiones para ser consideradas elegibles para la cobertura de las obligaciones señaladas en la Ley General; Que, se ha considerado conveniente a fi n de dinamizar la inversión en los créditos inmobiliarios ampliar las garantías que respaldan estos créditos de forma que garanticen la construcción de los inmuebles, su independización, la constitución de primera y preferente hipoteca sobre dichos inmuebles y su incorporación en un Título de Crédito Hipotecario Negociable (TCHN); Que, a efectos de recoger las opiniones del público en general respecto a las propuestas de modifi cación de la normativa del Sistema de Seguros, se dispuso la prepublicación del proyecto de norma que aprueba la ampliación de los activos que garantizan los créditos inmobiliarios en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS;