TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de noviembre de 2010 429898 1.4 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar, a fi n que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido 15. Razones por las cuales, este Colegiado considera que corresponde imponer a la empresa Joe Dayz E.I.R.L. la sanción administrativa de inhabilitación temporal en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado por el período de doce (12) meses. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la Vocal Ponente Dra. Wina Isasi Berrospi y la intervención de los Señores Vocales Dra. Patricia Seminario Zavala y Dr. Martín Zumaeta Giudichi; atendiendo a la conformación de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado según lo dispuesto en la Resolución Nº 190-2010-OSCE/PRE de fecha 29 de marzo de 2010, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, y su segunda disposición complementaria transitoria, así como los artículos 17º y 18º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la empresa JOE DAYZ E.I.R.L. sanción administrativa de inhabilitación temporal por el período de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 5 del artículo 294 del Reglamento; la cual entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la presente resolución. 2. Declarar NO HA LUGAR la imposición de sanción contra la empresa AGILE WORKS S.R.L., por su supuesta responsabilidad en la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 5 del Reglamento. 3. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SEMINARIO ZAVALA. ZUMAETA GIUDICHI. ISASI BERROSPI. 570976-3 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a magistrado en el cargo de juez especializado penal titular de Ferreñafe del Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 373-2010-CE-PJ Lima, 16 de noviembre de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 16-2010-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y el Informe N° 05-2010-GPEJ- GG-PJ remitido por la Gerente de Personal y Escalafón Judicial del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor José Alejandro Ruiz Carmona fue nombrado en el cargo de Juez Especializado Penal Titular de Ferreñafe del Distrito Judicial de Lambayeque, por Resolución N° 391-83-JUS del 08 de noviembre de 1983; actualmente desempeñándose como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ferreñafe, del mencionado Distrito Judicial; Segundo: Que, el artículo 107° de la Ley de Carrera Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantía o jubilación y por alcanzar la edad límite de setenta (70) años; Tercero: Al respecto, del Informe N° 05-2010-GPEJ- GG-PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de la fi cha del Registro de Identidad – RENIEC y la Partida de Nacimiento anexadas, aparece que el señor José Alejandro Ruiz Carmona nació el 26 de noviembre de 1940, y en consecuencia el 26 de noviembre del año en curso cumplirá setenta (70) años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza, por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 26 de noviembre del año en curso, al señor José Alejandro Ruiz Carmona, en el cargo de Juez Especializado Penal Titular de Ferreñafe del Distrito Judicial de Lambayeque, actualmente desempeñándose como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ferreñafe, del referido Distrito Judicial; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE 571184-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen permanencia de magistrados como Juez Superior Provisional de la Sétima Sala Civil de Lima, como Juez Provisional del Noveno Juzgado Civil de Lima y como Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 914-2010-P-CSJLI-PJ Lima, 19 de noviembre del 2010