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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de octubre de 2010 426868 asociaciones o proyectos creativos, innovadores e inclusivos o colectivos, a favor de la creación de empleo formal, mejora en los ingresos o mejora de las condiciones de trabajo, o que, a través de su liderazgo, hayan contribuido a la solución de problemas sociolaborales en sus respectivos ámbitos; Que, asimismo, el artículo 2º de la referida Resolución Ministerial aprueba las bases para la entrega del Premio, las mismas que establecen entre otros, dos categorías de premios: I Categoría: “Trabajo en Igualdad de Oportunidades”, y II Categoría: “Emprendimiento y Solidaridad”, y que la presentación de nominaciones se ceñirá al calendario establecido a través del portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Jurado para la entrega del premio “Reconocimiento al Trabajo y al Emprendimiento”, está integrado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, quien la preside; la Viceministra de Trabajo; el Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; un representante del sector Empleador y un representante del sector Trabajador, como miembros, respectivamente; Que, mediante Acta de Sesión de vistos, el citado Jurado ha proclamado a los ganadores de las dos categorías del “Premio Reconocimiento al Trabajo y al Emprendimiento”- III Trimestre 2010, por lo que corresponde expedir la Resolución Ministerial que otorgue el referido premio; Con la visación del Jefe (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar el “Premio Reconocimiento al Trabajo y al Emprendimiento” – III Trimestre 2010, en las Categorías “Trabajo en Igualdad de Oportunidades”, y “Emprendimiento y Solidaridad”, según Acta del Jurado a que se refi ere la parte considerativa de la presente resolución, a las siguientes personas: I. CATEGORIA “TRABAJO EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES” NOMBRES Y APELLIDOS 1. JORGE LUIS GUERRERO DE LA CRUZ 2. PABLO ANTONIO ODAR CAVERO 3. ELIZABETH MONICA JUÁREZ MENDOZA II. CATEGORIA “EMPRENDIMIENTO Y SOLIDARIDAD” NOMBRES Y APELLIDOS 1. MANUEL JOSÉ ROBLES LAZO 2. MANOLO FELIX CARHUACHIN ROMANI 3. JULIAN JOSÉ HUAMÁN ARRIARÁN 4. ROBIN OMAR RÍOS FLORES 5. LUDY FLOR QUINTO HURTADO 6. MANUEL JESÚS MAYORGA ESPICHÁN 7. ROBERTO CARLOS CAPCHA MENDOZA 8. JOSÉ MINES CHUQUILLANQUI YAMAMOTO 9. NATALIA MARÍA MÁLAGA DIBÓS 10. GASTÓN ALVARO ACURIO JARAMILLO 11. JAVIER RUBÉN TOVAR BRANDAN 12. ANA MELBA ARANÍBAR DUEÑAS 13. SIMÓN ROBERTO VEGA CARPIO 14. CARLOS ISRAEL ZAVALAGA HERRERA 15. JIMMY FERNANDO LAYCHE BARDALES 16. MARÍA ESTRELLA DEL CARMEN VALCÁRCEL MUÑIZ Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución se publique en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 550866-1 Delegan al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos la facultad para suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas y/o privadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2010-TR Lima, 1 de octubre de 2010 VISTO: El Memorándum N° 1070-2010-MTPE/4 del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se aprueba la nueva Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, los mismos que contemplan una nueva estructura de la Entidad, en mérito a las necesidades institucionales y asignación de nuevas competencias; Que, dentro de la estructura orgánica del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, se encuentra la Ofi cina General de Recursos Humanos, como el órgano de administración interna responsable entre otros, de formular, dirigir, ejecutar y controlar los programas y/o actividades orientados a la promoción del bienestar social de los trabajadores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 11.4 del artículo 11° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, concordado con el literal h) del artículo 7° del Decreto Supremo N° 04-2010-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, prescribe que el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las demás leyes, y puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, asimismo, el artículo 72° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita, la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa; Que, conforme al marco legal expuesto y a efecto de garantizar la continuidad de una adecuada gestión del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, resulta necesario delegar al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la facultad de suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas y/o privadas en el marco de sus competencias y atribuciones; Con las visaciones del Secretario General y del Jefe (e) de Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del