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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de octubre de 2010 427213 096 Atención Médica Básica, para el fi nanciamiento del Subprograma Funcional 097 Atención Médica Especializada, a fi n de garantizar la continuidad de la atención de servicios de mayor nivel de complejidad conforme al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 135 : Seguro Integral de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Seguro Integral de Salud FUNCION 20 : Salud PROGRAMA FUNCIONAL 044 : Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0096 : Atención Médica Básica ACTIVIDAD 046605 : Seguro Integral de Salud Subsidiado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 49 000 000,00 ACTIVIDAD 043783 : Reducción de la Morbilidad en IRA, EDA y otras enfermedades prevalentes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 10 000 000,00 ACTIVIDAD 043488 : Reducción de la Morbilidad y Mortalidad Materna FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 3 400 000,00 ------------------- TOTAL 62 400 000,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 135 : Seguro Integral de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Seguro Integral de Salud FUNCION 20 : Salud PROGRAMA FUNCIONAL 044 : Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0097 : Atención Médica Especializada ACTIVIDAD 046605 : Seguro Integral de Salud Subsidiado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 62 400 000,00 ------------------- TOTAL 62 400 000,00 =========== El Seguro Integral de Salud - SIS deberá remitir al Ministerio de Economía y Finanzas, la información individual valorizada de las prestaciones de salud reembolsadas. Dicha información se remite en la respectiva base de datos que debe elaborar el SIS. Artículo 3º.- Del fi nanciamiento La presente norma se fi nancia con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4º.- Uso de los recursos Los recursos a que hace referencia la presente norma no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 5º.- De la transparencia El Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales publican en sus respectivos portales institucionales, dentro del primer trimestre del año 2011, informes en los que detallen las acciones realizadas en el marco de la presente norma, así como los resultados alcanzados. Artículo 6º.- De la suspensión Para efecto de la aplicación de la presente norma, déjese en suspenso las disposiciones legales y administrativas en materia presupuestal y fi nanciera que establezcan límites o restricciones de orden fi scal. Artículo 7º.- Del refrendo El presente decreto de urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 553471-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Cultura y encargan la cartera al Ministro de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 272-2010-PCM Lima, 07 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el señor JUAN OSSIO ACUÑA, Ministro de Cultura, se ausentará del país, por razones de índole personal del 10 al 16 de octubre de 2010, el mismo que no irrogará gasto alguno al Estado; Que, en consecuencia corresponde disponer la encargatura del Despacho del Ministro de Cultura; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ministro de Cultura, señor JUAN OSSIO ACUÑA, por razones de índole personal del 10 al 16 de octubre de 2010. Artículo 2º.- Encargar la cartera del Ministerio de Cultura, al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor EDUARDO FERREYROS KÛPPERS, a partir del 10 de octubre y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3º.- El viaje autorizado no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario del Ministerio de Cultura, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 553472-7 Autorizan viaje de la Ministra de Justicia a EE.UU y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2010-PCM Lima, 7 de octubre de 2010