Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2010 (08/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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­VRAE, hasta alcanzar el 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, conforme al Anexo 01 que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- El incremento a que se refiere el articulo 1º se otorgara hasta el 31 de diciembre de 2010 y sera financiado integramente con saldos del Grupo Generico de Gastos 1: Personal y Obligaciones Sociales, correspondientes al Presupuesto Institucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

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Designan representante del Ministerio ante el Consejo Nacional de Promocion del Consumo del Recurso Anchoveta y Pota
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1097-2010/DE/SG
MORDAZA, 6 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 028-2010PRODUCE, se ha constituido el Consejo Nacional de Promocion del Consumo del Recurso Anchoveta y Pota, encargado de identificar y analizar la problematica de la cadena productiva de los referidos recursos, y de proponer estrategias y politicas necesarias para elevar su consumo entre la poblacion; Que, tal como lo dispone el inciso "b" del articulo 2º de la MORDAZA MORDAZA indicada, el Consejo Nacional de Promocion del Consumo del Recurso Anchoveta y Pota, estara integrado entre otros por un representante del Ministerio de Defensa; Que, de acuerdo a lo indicado en el articulo 3º del mismo dispositivo legal, el Titular de Ministerio de Defensa, designara a un representante del Sector ante el Consejo Nacional de Promocion del Consumo del Recurso Anchoveta y Pota; De conformidad a lo establecido en el articulo 3º de la Resolucion Suprema Nº 028-2010-PRODUCE y la Ley Nº 29075 ­ Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Crl. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Defensa, ante el Consejo Nacional de Promocion del Consumo del Recurso Anchoveta y Pota. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

la MORDAZA del Alto Cenepa durante el conflicto armado con el Ecuador en el ano 1995, asi como aquellos que hayan fallecido o se encuentren con invalidez temporal o permanente como consecuencia de los acontecimientos ocurridos en dicha MORDAZA o fuera de MORDAZA, siempre que guarden relacion de causalidad con dicho conflicto y no pueda ser referido a otra causa; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 1°, de la Ley N° 26511, establece que corresponde al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas calificar los casos que se presenten de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la presente Ley, asi como proponer el ascenso al grado inmediato superior al personal de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru que se encuentren dentro de los supuestos referidos en el parrafo precedente; Que, la cuarta Disposicion final del Reglamento de la Ley Nº 26511 aprobado por Decreto Supremo Nº 010 DE/SG, del 12 de febrero de 1999, otorgo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el Plazo de un (01) ano, contados a partir de su publicacion, para efectuar las calificaciones a que se refiere la mencionada MORDAZA, el mismo que vencio el 08 de marzo del 2000; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 023-006/DE/ CCFFAA/D1-PERS, del 23 de setiembre del 2006, otorgo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el plazo de doce (12) meses a partir de la fecha de su publicacion, para los efectos de la calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511, modificada por Ley Nº 27124, plazo que vencio el 23 de setiembre del 2007; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 023-2006/DE/ CCFFAA/D1-PERS, del 23 de setiembre del 2006, faculta al Ministerio de Defensa ampliar el plazo mencionado en el articulo 1º del referido Decreto Supremo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 333-2007 DE/CCFFAA del 14 de MORDAZA del 2007, se otorgo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, quince (15) meses, a partir de la culminacion del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 023-2006/DE/CCFFAA/D1-PERS, del 23 de setiembre del 2006, para efectos de la calificacion a que se refiere la Ley N° 26511, modificada por Ley N° 27124, plazo que vencio el 23 de diciembre del 2008; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 898-2008 DE/ CCFFAA del 28 de agosto del 2008, se otorgo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, ocho (08) meses, a partir de la vigencia de la referida Resolucion Ministerial; plazo que vencio el 29 de MORDAZA del 2009; Que, mediante Oficio N° 300 Oficio N° 300 EMCFFAA/ ASUNT.NAC/BG-PERS95, del 05 de febrero del 2010, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, manifiesta que a la fecha existen solicitudes de reconsideraciones y apelaciones que por la cantidad de las mismas no han podido ser atendidas, toda vez que el plazo otorgado resulta insuficiente; por lo que es necesario ampliar el plazo para efectuar la calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511, modificada por Ley Nº 27124 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010 DE/ SG, del 12 de febrero del 1999; Estando a lo propuesto por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado por el Ministro de Defensa: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliacion del plazo para efectos de calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511. Otorgar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de ocho (8) meses, contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, para efectos de la calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511, modificada por Ley Nº 27124, que reconoce como Defensores de la Patria o Combatientes y otorga beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru y civiles que participaron en el conflicto del Alto Cenepa en el ano 1995. Articulo 2º.- Recepcion y admision de propuestas. Dentro de los primeros cuatro (4) meses del plazo MORDAZA indicado, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, podra recepcionar las propuestas presentadas por las Instituciones de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, para la calificacion respectiva, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG del 12 de febrero de 1999. A tal efecto, solo podran admitirse a tramite las solicitudes de calificacion que se realicen por primera vez y no solicitudes de personas que anteriormente fueron calificadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

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Amplian plazo para la calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511 que reconoce como Defensores de la Patria o Combatientes y otorga beneficios a miembros de las FF .AA., PNP y civiles que participaron en el conflicto del Alto Cenepa en el ano 1995
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1098-2010/DE/SG
MORDAZA, 6 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26511, modificada por Ley Nº 27124, se reconoce la calidad de Defensores de la Patria o Combatientes a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru y civiles que hayan participado como combatientes en

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