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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de octubre de 2010 427222 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica con Brasil para implementación del Proyecto “Transferencia de la Metodología del Proyecto Rondon a las Instituciones de Enseñanza Superior del Perú, en Comunidades Fronterizas de los dos Países” DECRETO SUPREMO Nº 112-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Transferencia de la Metodología del Proyecto Rondon a las Instituciones de Enseñanza Superior del Perú, en Comunidades Fronterizas de los dos Países” fue suscrito el 16 de junio de 2010, en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Transferencia de la Metodología del Proyecto Rondon a las Instituciones de Enseñanza Superior del Perú, en Comunidades Fronterizas de los dos Países” suscrito el 16 de junio de 2010, en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 553472-6 Autorizan viaje de funcionario para participar en reuniones de trabajo para la revisión legal del texto del Tratado de Libre Comercio entre Perú y Corea RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 403-2010-RE Lima, 7 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, del 11 al 14 de octubre de 2010 se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, una reunión técnica entre los equipos legales del Perú y Corea con miras a fi nalizar la revisión legal de los textos del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y Corea; Teniendo en cuenta los Memoranda (SAE) Nº SAE0415/2010, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 23 de septiembre de 2010; y (FIN) Nº FIN0622/2010, de la Dirección de Finanzas, de 27 de septiembre de 2010, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del doctor Alejandro Sánchez Flores, quien desempeña funciones en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 11 al 14 de octubre de 2010, a fi n que participe en las reuniones de trabajo para la revisión legal del texto del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y Corea. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437 Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Alejandro Sánchez Flores 1,090.00 220.00 4+1 1,100.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 553472-14 Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Timisoara, Rumanía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 404-2010-RE Lima, 7 de octubre de 2010 VISTO: El Memorándum (SCP) Nº SCP0431/2010, de fecha 24 de septiembre de 2010 en virtud del cual se propone el nombramiento de un Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Timisoara; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 110-2010-RE, de fecha 15 de setiembre del 2010, crea el Consulado del Perú en la