Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2010 (12/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de octubre de 2010

Municipalidades, la municipalidad, a traves de la ordenanza correspondiente, esta facultada para conceder beneficios no tributarios a los vecinos que incurrieran en infracciones municipales y demandaran la subsanacion de sus obligaciones vencidas; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el concejo municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PAGO DE PAPELETAS DE INFRACCION MUNICIPAL POR CONSTRUCCIONES SIN LICENCIAS DE CONSTRUCCION Articulo 1º.- OBJETIVO Otorgar facilidades para el pago de las papeletas de infraccion municipal por construcciones y demoliciones no autorizadas, concediendose un plazo adecuado a las personas naturales que lo requieran siempre y cuando cumplan con los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecucion de la obra, en todo caso los parametros vigentes en que le favorezca a la edificacion. Articulo 2º.- ALCANCES Condonar las multas a personas naturales propietarios de predios que hayan ejecutado en sus viviendas y solo para el uso residencial, obras nuevas ampliaciones, remodelaciones y/o demoliciones sin la autorizacion municipal, debiendo contar con la papeleta de infraccion municipal ya emitida, desde el ano 2006 hasta el 30 de setiembre del 2010. Articulo 3º.- VIGENCIA El plazo para acogerse a los beneficios establecidos es hasta el 30 de octubre del presente ano, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ordenanza, vencido este plazo la administracion procedera a cobrar el integro de la multa al administrado, ademas de ejecutarse las sanciones no pecuniarias se realizara la demolicion que deriven del incumplimiento de la obligacion ordenado a los propietarios. Articulo 4º.- PROCEDIMIENTO Las solicitudes para el tramite para acogerse a dicho beneficio corresponde a las licencias en las modalidades A y B que senalan los requisitos establecidos en el reglamento de la Ley Nº 29090 aprobado por D.S. Nº 024-2008-Vivienda. Tampoco seran materia de beneficio aquellas sanciones que por el transcurso del tiempo hayan sido resueltas y notificadas en su oportunidad y a la fecha su expediente se encuentren en ejecutoria coactiva. Articulo 5º.- BENEFICIOS Se acogeran a estos beneficios las personas naturales propietarios de predios y solo para uso de vivienda hasta una altura de 3 pisos cuando se traten de obras nuevas, ampliaciones, remodelaciones y/o cambio de uso de vivienda unifamiliar a vivienda multifamiliar con una altura MORDAZA de tres pisos o tres unidades inmobiliarias por predio. Las multas impuestas hasta el 31 de diciembre 2009, seran condonadas en un porcentaje del 80% y las de enero del 2010 hasta el 30 de setiembre del presente ano seran condonadas en un porcentaje del 50% del valor total de la PIM. Articulo 6º.- PAGO EFECTUADO Los administrados que hayan realizado el pago al contado o en la forma fraccionada de las multas administrativas impuestas con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no podran solicitar su devolucion y deberan cumplir con sus obligaciones asumidas. Se precisa que el administrado que MORDAZA fraccionado su deuda si desea acogerse a este beneficio debera desistir de dicho pago fraccionado, siempre y cuando sea cancelado en su totalidad. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro el fiel cumplimiento de la presente ordenanza, asi

como a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria en lo que le compete. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Tercero.- Deroguese cualquier disposicion municipal que se oponga a la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 553650-2

Autorizan viaje de Regidor a Espana para participar en el "Curso Superior de Especializacion en Gobernanza Territorial y Competitividad Local"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 544-2010-MDSM San MORDAZA, 30 de setiembre del 2010 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 077-2010/MDSM, memorando Nº 365-2010-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 444-2010-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, memorando Nº 196-2010GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, memorando Nº 724-2010-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el regidor MORDAZA MORDAZA Atarama MORDAZA, ha sido comisionado, a traves del acuerdo de vistos, para representar a la Municipalidad de San MORDAZA en el "Curso Superior de Especializacion en Gobernanza Territorial y Competitividad Local", a realizarse en la MORDAZA de Granada ­ Espana, del 18 al 29 de octubre del ano 2010; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, asimismo por el numeral 11) del articulo 9º y el articulo 20º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje de MORDAZA MORDAZA Atarama MORDAZA, Regidor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, del 18 al 29 de octubre del 2010, a la MORDAZA de Granada - Espana, para representar a la Municipalidad de San MORDAZA en el "Curso Superior de Especializacion en Gobernanza Territorial y Competitividad Local". Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado se cubriran de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aereo Tarifa Corpac US$ US$ 1,381.97 31.00

Articulo 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolucion se afectara a las partidas especificas 2.3.2.7.3.1. (inscripcion), 2.3.2.1.1.2 (viaticos y asignaciones por comision de servicio) Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, Rubro 09 recursos Directamente Recaudados. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, asi como la atencion de la rendicion de cuentas de los gastos efectuados. Articulo 5º.- El regidor aqui autorizado, a su retorno debera cumplir con presentar el informe de actividades y metas alcanzados derivados del viaje. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 553650-1

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