Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2010 (12/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 12 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES
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j) k) l)

Establecer, cuando se requiera o corresponda a la naturaleza de cada politica, mecanismos de coordinacion con los gobiernos regionales, locales y otras entidades para su formulacion e implementacion. Coordinar la defensa juridica de las entidades publicas de los sectores a su cargo. Establecer los indicadores de desarrollo social del pais. Otras funciones que le correspondan de acuerdo a ley.

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Velar por el cumplimiento de los derechos reconocidos en los programas y plataformas de accion suscritos por el Gobierno peruano en el ambito internacional relativos a los sectores mujer y desarrollo social. Promover y apoyar la formulacion y desarrollo de programas y proyectos regionales y locales para la implementacion de las politicas nacionales y sectoriales a su cargo. Otras funciones que le correspondan de acuerdo a ley. TITULO III ORGANIZACION DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA

Articulo 8º.- Rectoria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) Para el adecuado cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales a su cargo, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) ejerce rectoria en las materias y sistemas funcionales siguientes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y desarrollo integral. Fortalecimiento de la familia. Desarrollo, promocion y proteccion de las personas adultas mayores. Desarrollo, promocion y proteccion de las personas con discapacidad. Prevencion, proteccion y atencion a los desplazados internos. Promocion, reconocimiento y facilitacion de la labor de voluntariado y de las organizaciones que la desarrollan. Politica nacional de poblacion. Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo (SPR). Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y el Adolescente.

Articulo 10º.- Estructura organica La presente Ley establece la estructura organica basica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes). Las funciones y atribuciones especificas de la estructura organica se establecen en su reglamento de organizacion y funciones. La estructura organica basica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) esta conformada por los siguientes organos: a) Alta direccion b) Ministra o Ministro. Viceministra o Viceministro de la Mujer. Viceministra o Viceministro de Desarrollo Social. Secretaria o Secretario General.

Para tal efecto, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) emite las normas y lineamientos, proporciona la asistencia tecnica y establece los procesos y mecanismos correspondientes en coordinacion con los gobiernos regionales, gobiernos locales, ministerios y entidades involucradas. Articulo 9º.- Funciones compartidas En el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales establecidas y de sus competencias compartidas, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) promueve y articula el ejercicio de las funciones afines y concurrentes de los tres niveles de gobierno para el logro de los resultados e impactos previstos. Para tal efecto, cumple las siguientes funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales: a) b) Coordinar con los gobiernos regionales y locales la implementacion de las politicas nacionales y sectoriales, evaluando su cumplimiento. Dictar normas y lineamientos tecnicos para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, a traves de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones en lo que corresponda. Promover, desarrollar y concertar el fortalecimiento de las capacidades regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas. Planear, coordinar, ejecutar, supervisar, monitorear y evaluar acciones referidas a las areas programaticas de accion a su cargo, con excepcion de las referidas a investigacion tutelar y adopcion de ninas, ninos y adolescentes declarados judicialmente en abandono. Promover y apoyar la participacion y concertacion de la poblacion en la ejecucion y vigilancia de los programas y proyectos en el ambito de su competencia. Orientar, aprobar, apoyar y supervisar actividades de informacion, comunicacion, capacitacion y asistencia tecnica a nivel nacional para la adecuada implementacion de las politicas nacionales y sectoriales.

Organo de control institucional.- Es el organo especializado responsable de ejercer el control gubernamental en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) y se regula conforme a la ley de la materia. Organos de administracion interna.- Son organos responsables de la planificacion, asesoria y apoyo que contribuyen al cumplimiento eficaz de las funciones sustantivas del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes). Se crean por decreto supremo. Organos de linea.- Son organos tecniconormativos responsables de proponer y conducir la ejecucion de las politicas publicas y funciones sustantivas a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes). Se crean por decreto supremo.

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La alta direccion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo y para la coordinacion con el Poder Legislativo. CAPITULO II FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCION Articulo 11º.- De la Ministra o el Ministro La Ministra o el Ministro es la mas alta autoridad politica de los sectores mujer y desarrollo social y es responsable de su conduccion. Tiene las siguientes funciones: a) b) Dirigir, formular, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales a su cargo. Conducir las relaciones con los gobiernos regionales y locales y otras entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales, para la formulacion, ejecucion, supervision y evaluacion de las politicas nacionales y sectoriales a su cargo.

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