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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de octubre de 2010 427362 un valor referencial equivalente a S/. 149,539.37 (Ciento cuarenta y nueve mil quinientos treinta y nueve y 37/100 Nuevos Soles). 2. El 15 de enero de 2008, se llevó a cabo el acto de presentación de propuestas. Luego de la correspondiente evaluación y califi cación de propuestas, el 16 de enero de 2008, el Comité Especial otorgó la Buena Pro a la empresa ENTERPRISE COMMUNICATION S.A., en adelante el Postor, cuya oferta económica ascendía a S/. 164,400.00 (Ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles). 3. Mediante Correo Electrónico de fecha 16 de enero de 2008, la Entidad comunicó al Postor el otorgamiento de la Buena Pro, bajo el siguiente detalle: (folio 040) --- Original Message --- From: asalas To: enterprise; central@entercom.com.pe Sent: Wednesday, January 16, 2008 9:19 PM Subject Fw: OTORGAMIENTO BUENA PRO ADS- 0043-2007-EGASA (2da Convocatoria) Arequipa, 16 de enero del 2008 Señores: ENTERPRISE COMMUNICATION S.A. Presente.- Referencia: Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS- 0043-2007-EGASA (2da Convocatoria) ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE RADIO MOVIL EN VHF PARA LA ZONA DE REPRESAS CHALHUANCA – BAMPUTAÑE Asunto: OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Estimados señores: Es grato dirigirme a ustedes, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 135º del Reglamento del TUO de la Ley Nº 26850, para informarles que la Buena Pro del proceso de selección de la referencia ha sido otorgada al Postor: ENTERPRISE COMMUNICATION S.A., por su oferta económica ascendente a S/. 164,400.00 por lo que les hacemos llegar con la presente las Actas de proceso y califi cación del proceso. No obstante, de conformidad con lo establecido por el artículo 33º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DS 083-2004- PCM, el otorgamiento de la Buena Pro al postor referido queda condicionada a contar con la asignación sufi ciente de recursos aprobada por la máxima autoridad administrativa de la Entidad, como consecuencia que su oferta económica supera el monto del valor referencial del presente proceso de selección; condicionándose el presente otorgamiento a la aprobación de dicha instancia. Sin otro particular, nos despedimos de ustedes. Atentamente, COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE 4. Una vez consentido el acto de otorgamiento de la Buena Pro, por Carta Nº AF/LO-008/2008-EGASA de fecha 28 de enero de 2008, la Entidad citó al Postor a suscribir el contrato otorgándole un plazo hasta día 11 de febrero del mismo año, previa entrega de los siguientes documentos: • Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el CONSUCODE. • RUC de la empresa (Copia simple). • Testimonio de la Escritura Pública (Copia simple). • Certifi cado original emitido por los Registros Públicos, donde fi guren las facultades del representante legal de su empresa y la vigencia de estos poderes, con una antigüedad no mayor a 30 días. • DNI vigente del representante legal (Copia simple). • Garantía (Carta Fianza) de Fiel Cumplimiento, por un monto equivalente al 10% del monto contratado y tendrá vigencia hasta la recepción fi nal de los bienes materia de adquisición, la que tendrá carácter de solidaria irrevocable, incondicional, de realización automática y sin benefi cio de excusión, emitida por cualquiera de las entidades contempladas en el anexo de la Directiva Nº 006-2000-CONSUCODE/PRE. • Póliza de Seguro Complementario de cobertura de salud – pensiones. • Documento nacional de identidad del representante legal. 5. El Postor con fecha 15 de febrero de 2008, remitió a la Entidad por medio de fax el escrito cuyo detalle se muestra a continuación: “(…) Es grato saludarles a través de la presente habiéndonos sentido agradecidos por haber sido favorecidos con la Buena Pro del concurso en mención. Al respecto permítanme dispensarnos el no poder presentarles la Carta Fianza por el 10% del valor adjudicado, debido que a pesar de haber intentado diferentes recursos con los bancos, en este momento no contamos con la segunda fi rma de uno de nuestros directores quien de momento se encuentra fuera del país y no regresa sino hasta el día 26 de febrero a Perú para poder iniciar dicho trámite, requisito indispensable para la Banca para poder otorgarnos una Fianza de acuerdo a los poderes de representación. En consecuencia, de acuerdo a la Ley de Contrataciones con el Estado según el Artículo 213, por ser considerados como una Pequeña Empresa se nos conceda que como garantía de fi el cumplimiento, EGASA nos retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato hasta fi nalizar la obra, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su reglamento. (…)”. 6. Con escrito de fecha 27 de marzo de 2008, el Postor solicitó a la Entidad lo que se detalla a continuación: “(…). El día jueves 18 de marzo estuvimos en comunicación con el señor Alejandro Salas a quien se le manifestó que se había obtenido de la Carta Fianza por el 10% del valor adjudicado, quien nos indicó que se la remitamos lo más pronto posible, debido que se tenía que fi rmar el contrato de la ADS correspondiente, y que debía viajar para la fi rma, en la cual le manifesté que estaría el día Lunes 24.03.08 en sus ofi cinas para la fi rma y que incluso podía llevar la Fianza en forma física, lo que manifestó que negativo que necesitaban el original lo más pronto posible para poder realizar el contrato y ésta fue enviada el mismo día. Al respecto, de nuestra parte hemos realizado cada indicación, tal cual se nos ha solicitado con la fi nalidad de cumplir con los requisitos, sin embargo me encuentro desde el día Lunes 24.03.08 hasta el día de hoy, pero no se ha logrado realizar ninguna fi rma de contrato, es decir un viaje en vano y sin ningún resultado. Deseo manifestarle el mal proceder del personal de su empresa, debido que si bien es cierto, que la Carta Fianza no está dentro de los tiempos establecidos, esto es algo que siempre han tenido conocimiento y que se ha estado tratando de dar una solución al problema, que como empresa de manera fortuita no podíamos sacar una Fianza por razones de tener a nuestros directores fuera del País y que poseen facultades para Firmas Bancarias, y que en ningún momento se ha tratado de no cumplir con nuestros compromisos y es por tal motivo que me encuentro en Arequipa 04 días sin ningún resultado para la fi rma del contrato. Al respecto le estoy adjuntando la Carta en la que como Pequeña Empresa solicitábamos se nos retenga el 10% del monto del Contrato, y la misma que explicábamos que estábamos con el problema de la falta de fi rmas para poder sacar la Fianza parte de los requisitos.