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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (12/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de octubre de 2010 427356 numeral 2) y el artículo 66º del Decreto legislativo Nº 703, Ley de Extranjería; Que, mediante documento ofi cial enviado por las embajadas correspondientes, se garantiza la salida del Perú de los solicitantes a sus países de origen; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos extranjeros sentenciados quienes se encuentran recluidos en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DEL CALLAO 1. SIERRA FERRER, OSCAR THOMAS u OSCAR TOMAS, SIERRA FERRER, conmutarle de 07 años 06 meses a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de marzo de 2012. 2. CORTEZ IBAÑEZ, MIGUEL ANGEL o CORTES IBAÑEZ, MIGUEL ANGEL, conmutarle de 06 años 08 meses a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de diciembre de 2011. 3. MURILLO MORENO, ALVARO, conmutarle de 06 años 08 meses a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 26 de noviembre de 2011. 4. GOMEZ CABALLERO, LUCAS EVANGELISTA, conmutarle de 06 años 08 meses a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 12 de abril de 2011. 5. ENRIQUE PECERO, PEDRO, conmutarle de 07 años 06 meses a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 07 de julio de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO VIRGEN DE FATIMA 6. DVOTRACKOVA TEREZA o DVORACKOVA TEREZA, conmutarle de 06 años 08 meses a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 06 de junio de 2011. 7. SEGURA MAGDALENA o MAGDALENA SEGURA, conmutarle de 06 años 08 meses a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 06 de enero de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS Y ASISTENCIA POST PENITENCIARIA DEL CONO NORTE 8. CRAWFORD LAMBERT, KAREN YOVANA o KAREN JOVANA, CRAWFORD LAMBERT, conmutarle de 06 años 08 meses a 02 años 11 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 05 de noviembre de 2010. Artículo Segundo.- Expulsar del territorio nacional a los internos extranjeros comprendidos en la presente Resolución, quedando impedidos de ingresar nuevamente al país. Artículo Tercero.- Otorgar el plazo improrrogable de treinta (30) días contados a partir del momento en que los solicitantes recuperen su libertad, para que cumplan con abandonar el territorio nacional, disponiendo que el Ministerio del Interior ejecute las acciones para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 554069-6 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan representantes titular y alterna del Ministerio ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 721-2010-MIMDES Lima, 7 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27234 se asignó al Consejo Nacional de Derechos Humanos la función de recomendar al Presidente de la República las políticas, acciones y medidas sobre indultos, derechos de gracia o conmutación de penas conducentes a la despenalización y al logro de los objetivos de la justicia, así como cada una de las funciones y atribuciones establecidas en las Leyes Nº 26655 y Nº 26940; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6º del Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2001- JUS, el citado Consejo está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el cual será designado mediante Resolución del Titular de dicho Sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 216-2008- MIMDES del 22 de mayo de 2008, se designó a los señores MARCELINO RAÚL VARILLAS CASTILLO, Director General de la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz, y JORGE MARTÍN SAMANEZ BENDEZÚ, Director de la Dirección de Promoción de Cultura de Paz, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 540- 2009-MIMDES del 30 de diciembre de 2009, se aceptó la renuncia formulada por el señor JORGE MARTÍN SAMANEZ BENDEZÚ al cargo de Director de la Dirección de Promoción de Cultura de Paz de la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 485-2010- MIMDES del 23 de julio de 2010, se dio por concluida la designación del señor JORGE MARTÍN SAMANEZ BENDEZÚ como representante alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, designándose, a su vez, al señor LIZANDRO TOVAR ACEVEDO, como representante alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES ante el referido Consejo. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 687-2010- MIMDES del 27 de septiembre de 2010, se dio por concluida la designación del señor MARCELINO RAÚL VARILLAS CASTILLO al cargo de Director General de la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, así como se designó en dicho cargo al señor LIZANDRO TOVAR ACEVEDO; Que, en consecuencia, resulta necesario dar por concluidas las designaciones efectuadas por Resolución Ministerial Nº 216-2008-MIMDES del 22 de mayo de 2008 y Resolución Ministerial Nº 485-2010-MIMDES del 23 de julio de 2010, así como designar a los nuevos representantes titular y alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia; Con las visaciones de la Secretaría General y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27234 – Ley que asigna funciones y atribuciones al Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, la Ley