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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (24/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de octubre de 2010 428074 Que, estas reuniones permitirán evaluar los avances en el cumplimiento de los compromisos asumidos por ambos países en el marco de los Acuerdos de Brasilia de 1998 y, Encuentros Presidenciales de Tumbes, Machala y Piura; Que, mediante Informe Nº 055-2010-IN/0105 del 18 de octubre de 2010, se da cuenta de la Reunión técnica Preparatoria que se realizó como antesala de la reunión de Ministros de Estados programada para el 26 de octubre de 2010; Que, considerando la importancia de los temas a tratar en la citada Reunión, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Ministro del Interior, Pío Fernando BARRIOS IPENZA, a fi n que participe en la IV Reunión del Gabinete de Ministros Binacional del Perú y del Ecuador, a realizarse en la ciudad de Loja - República del Ecuador, el cual no irrogará gastos al Estado Peruano; Con la Visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Pío Fernando BARRIOS IPENZA, el 26 de octubre de 2010, a la ciudad de Loja - República de Ecuador, a fi n que asista a la IV Reunión del Gabinete de Ministros Binacional del Perú y del Ecuador. Artículo 2º.- Encargar la Cartera del Interior al señor Ismael BENAVIDES FERREYROS, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Estado Peruano, ni dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 559370-4 Autorizan viaje del Ministro de Salud a Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 286-2010-PCM Lima, 23 de octubre del 2010 CONSIDERANDO: Que, el próximo 26 de octubre de 2010 se realizará en la ciudad de Loja, República de Ecuador, el Encuentro Presidencial y IV Reunión del Gabinete de Ministros Binacional Perú-Ecuador; Que, en el marco de los eventos antes señalados, se evaluarán los avances en el cumplimiento de los compromisos asumidos en los mecanismos de integración bilateral, en aspectos tales como salud, infraestructura física y conectividad, aspectos productivos y de comercio, agenda social, así como seguridad y defensa; Que, en tal virtud, resulta necesario que el señor Ministro de Salud participe en los eventos precitados, a fi n que pueda informar sobre los avances de los compromisos en el ámbito del sector Salud; Que, la presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario del Ministerio de Salud; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar la cartera de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Salud señor OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ, a la ciudad de Loja, República del Ecuador, el día 26 de octubre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la cartera de Salud al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor JUAN SARMIENTO SOTO, el 26 de octubre de 2010. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 559370-5 Autorizan viaje del Ministro de Agricultura a Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 287-2010-PCM Lima, 23 de octubre del 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de octubre del 2010, se llevará a cabo el IV Encuentro Presidencial y Reunión del Gabinete de Ministros Binacional Ecuador-Perú, en el Hotel Howard Johnson de la ciudad de Loja, República del Ecuador; Que, en ese sentido es necesario que el Ministro de Agricultura asista al citado encuentro por su relevancia e importancia en el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rafael Quevedo Flores, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, el 26 de octubre de 2010, a la ciudad de Loja, República del Ecuador, para que participe en el IV Encuentro Presidencial y Reunión del Gabinete de Ministros Binacional Ecuador - Perú. Artículo 2º.- Encargar la Cartera de Agricultura al señor Ismael Benavides Ferreyros, Ministro de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 559370-6