Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2010 (24/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

428083

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 645-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de octubre del 2010 Visto los escritos de registro Nº 00066765-2010 y N° 00066765-2010-1de fecha 27 y 29 de agosto de 2010, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTRO. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Directoral N° 154-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de junio de 2003, se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALLERES, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada SAN MORDAZA de matricula CO-16686CM, de Arqueo Neto 11.70 y de 50.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ y 1 ½ pulgada (13 mm y 38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recurso hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral N° 413-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 05 de junio de 2009, se aprobo a favor de PESQUERA UNION S.R.L., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral N° 154-2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA SAN MORDAZA de matricula CO-16686-CM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; Que, la embarcacion pesquera SAN MORDAZA de matricula CO-16686-CM con 50.00 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcacion debe mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo, siendo para el presente caso obligatorio como minimo el uso de MORDAZA con hielo, segun lo dispuesto en el permiso de pesca otorgado por Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 043-2000-CTAR-LAMB/DRPE; Que, mediante el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera SAN MORDAZA de matricula CO-16686-CM, de acuerdo al Procedimiento N° 7 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, de la evaluacion efectuada al expediente presentado, se determina que el administrado ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que es viable aprobar, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado a su favor; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 729-2010PRODUCE/DGEPP; y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente;

De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera SAN MORDAZA de matricula CO-16686-CM, otorgado por Resolucion Directoral N° 154-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de junio de 2003, y modificada por Resolucion Directoral N° 413-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 05 de junio de 2009. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodega de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera SAN MORDAZA de matricula CO-16686-CM consignada en la Resolucion Directoral N° 154-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de junio de 2003, y modificada por Resolucion Directoral N° 413-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 05 de junio de 2009. Articulo 4º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como MORDAZA titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera SAN MORDAZA de matricula CO-16686-CM en los Anexos correspondientes de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Autorizan a favor de Tecnologica de Alimentos S.A. la asociacion o incorporacion definitiva de Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion referente a diversas embarcaciones
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 646-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 5 de octubre del 2010 Visto, el escrito de registro Nº 00058990 del 26 de MORDAZA y adjunto Nº 1 del 09 de septiembre del 2010, presentados por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos de anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, mediante el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por

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