Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2010 (24/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de octubre de 2010

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar FAP a Ecuador en Comision de Servicio
RESOLUCION SUPREMA N° 466-2010-DE/FAP MORDAZA, 23 de octubre de 2010 Visto, el Oficio R-55-COE3-Nº 2011 de fecha 20 de octubre de 2010, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru y la Papeleta de Tramite R-55-SGFANº 5760 del 21 de octubre de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica del Ecuador, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, quienes conformaran la tripulacion de la aeronave BOEING 737-528 FAP 356, con la finalidad de trasladar al senor Presidente de la Republica y Comitiva Oficial, a la MORDAZA de MORDAZA, el dia 26 de octubre de 2010; Que, el pago correspondiente a la presente autorizacion, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley N° 29075 ­ Ley que Establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica del Ecuador, al Personal Militar FAP que se indica a continuacion, quienes conformaran la tripulacion de la aeronave BOEING 737-528 FAP 356, con la finalidad de trasladar al senor Presidente de la Republica y Comitiva Oficial, a la MORDAZA de MORDAZA, el dia 26 de octubre de 2010:
TRIPULACION PRINCIPAL MORDAZA Comandante Comandante Tecnico Inspector Tecnico de 2da. Empleada Civil Empleada Civil Empleada Civil FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA TEDDY MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA LIZ MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA SANONI FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piloto Piloto Piloto Mecanico Mecanico Hostess Hostess Hostess

Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, Comuniquese y Publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

559370-12

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbre de electroducto de linea de transmision a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular Consorcio Transmantaro S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 426-2010-MEM/DM MORDAZA, 1 de octubre de 2010 VISTO: El Expediente N° 21106299, organizado por Consorcio Transmantaro S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11014647 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre modificacion de la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision de 220 kV SE Mantaro ­ SE Socabaya, en el tramo comprendido entre las estructuras T991 ­ T1002; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Suprema N° 020-98-EM, publicada el 18 de marzo de 1998, Consorcio Transmantaro S.A., es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV SE Mantaro ­ SE Socabaya, la cual originalmente tuvo como titular a ETECEN, en merito de la Resolucion Suprema N° 112-97-EM, publicada el 18 de setiembre de 1997; Que, la linea de transmision referida en el considerando que antecede cuenta con servidumbre impuesta mediante Resolucion Ministerial N° 180-2000-EM/VME, publicada el 29 de MORDAZA de 2000, a favor de Consorcio Transmantaro S.A; Que, mediante los documentos presentados el 09 de setiembre de 2010, con Registro N° 2026533, la concesionaria solicito la modificacion de la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision de 220 kV SE Mantaro ­ SE Socabaya, en el tramo comprendido entre las estructuras T991 ­ T1002, ubicado en los distritos de Ayo y Huambo, provincias de MORDAZA y Caylloma, respectivamente, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Suprema N° 044-2010-EM, publicada el 22 de junio de 2010, se aprobo la modificacion del Contrato de Concesion N° 106-97, referente a la modificacion del recorrido de la Linea de Transmision de 220 kV SE Mantaro ­ SE Socabaya en el tramo para el cual se solicita la citada modificacion de servidumbre, debido a que se tuvo que modificar el trazo original, a fin de salvaguardar problemas de ubicacion que afectaban la confiabilidad y seguridad de la referida linea de transmision; Que, del contenido de la solicitud, se observa que la modificacion de la servidumbre de electroducto de las Lineas de Transmision de 220 kV SE Mantaro ­ SE Socabaya, implica ocupar una nueva area de propiedad privada, sobre la cual se ha suscrito un contrato de servidumbre, cuya MORDAZA obra en el Expediente, asi como areas de propiedad publica, sobre las cuales no corresponde compensacion por los derechos de servidumbre, de conformidad con el literal a) del articulo 109° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, la peticion de Consorcio Transmantaro S.A. se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 111° de la Ley de Concesiones Electricas, y cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos

TRIPULACION ALTERNA Mayor General Empleado Civil Empleada Civil FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA VIGNES Piloto FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Purser FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hostess

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US $ 200 x 01 dia x 08 Personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias.

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