Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2010 (11/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- DETERMINAR que el area bruta total de 56,693.00 M2, que se declara habilitada de oficio como MORDAZA en el articulo precedente corresponde a una manzana y lote unico. Articulo Tercero.- DISPONGASE la inscripcion registral de uso MORDAZA a MORDAZA del lote unico que conforma la habilitacion MORDAZA de oficio que se aprueba de acuerdo al plano Nº D-01, el mismo que forma parte integrante de esta resolucion. Articulo Cuarto.- RECONOZCASE, a partir de la presente resolucion como la urbanizacion "VISTAMAR", al terreno materia de la habilitacion MORDAZA de oficio. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 541264-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES
Aprueban listado de postulantes aptos para ser beneficiados con la venta directa en los lotes identificados para vivienda en el Modulo A, Area Central de MORDAZA Majes
ACUERDO DE CONCEJO N° 197-2010-MDM Majes, 19 de agosto del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesion Ordinaria de fecha 19 de Agosto del presente ano, ha adoptado: VISTOS: El Informe Nº 608-2010-SGFYTP/MDM, de la Sub Gerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios, el Dictamen Nº 272-2010-SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica, el Dictamen Nº 027-AGAP/MDM de la Comision Ordinaria de Regidores de Planeamiento MORDAZA, Habilitaciones Urbanas y Gestion Patrimonial, el Proveido Nº 475-2010-A/MDM de Despacho de Alcaldia; y CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Municipalidad Distrital de Majes ha asumido la titularidad como propietaria de 6,200 hectareas destinadas a desarrollo MORDAZA en la jurisdiccion del Distrito, en merito a la Ley Nº 28099, de fecha 08 de noviembre del 2003 y sus modificatorias, Leyes Nº 28466 y Nº 28630, de fechas 13 de enero y 10 de noviembre del 2005 respectivamente. Consiguientemente y previa exclusion de los predios afectados en uso al 08 de noviembre del 2003, asi como de los predios transferidos a favor de terceros, la Superintendencia de Bienes Nacionales transfiere a favor de la Municipalidad un primer grupo de 364 predios de

propiedad del Estado, mediante Resoluciones Nº 0872004/SBN-GO-JAD y Nº 088-2004/SBN-GO-JAD, de fechas 12 de noviembre y 16 de noviembre del 2004, respectivamente, y un MORDAZA grupo de 137 predios de propiedad del Estado por Resolucion Nº 130-2006/SBNGO-JAD, de fecha 25 de septiembre del 2006. Que, los bienes inmuebles transferidos a la Municipalidad Distrital de Majes, ubicados en el Modulo A de MORDAZA Majes han sido inscritos en el Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº XII ­ Sede MORDAZA, como lo acreditan las partidas registrales Nº 04024264 y Nº 11075669, por lo tanto constituyen bienes de dominio privado; de tal manera, la Municipalidad esta facultada a ejercer su derecho de propiedad con todos sus atributos, sujetandose a las normas del derecho comun, entendiendose esta como el poder juridico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar en MORDAZA con el interes social y dentro del MORDAZA legal vigente. Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de septiembre de 2008 se aprobo la Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM la misma que entro en vigencia el dia 30 de setiembre del 2008, por la que se crea el Programa Municipal de Vivienda ­ PROMUVI "Juan MORDAZA Alvarado" y de los procesos para diagnostico, saneamiento, administracion y disposicion de bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital de Majes, en aplicacion de la Ley Nº 28099, cuya finalidad esta orientada al saneamiento tecnico legal de la propiedad municipal para la transferencia de propiedad a terceros y a la promocion de la organizacion de la demanda, generacion de ahorro y asistencia tecnica en el desarrollo de proyectos de adquisicion de vivienda nueva, construccion en sitio propio y mejoramiento de vivienda. Que, mediante Informe Nº 611-2010-SGFTYP/MDM la Sub Gerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios senala que por esta razon y en cumplimiento del articulo 36 del D.S. 007-2008-VIVIENDA, que senala expresamente que "La valorizacion de los predios objetos de actos de disposicion debera ser efectuada a valor comercial por organismo especializado en la materia con reconocida y acreditada experiencia, y en caso de no existir en la MORDAZA podra ser realizada por un perito tasador debidamente acreditado conforme a las normas y procedimientos correspondientes", la Municipalidad ha contratado los servicios de un profesional que se encargue de realizar la valorizacion de los terrenos ubicados en el Area Central de MORDAZA Majes cuya sinopsis al trabajo realizado es la siguiente: De un total de 1,109 tasaciones comerciales: · 1,058 tasaciones son realizadas para proceder a la entrega de contratos de adjudicacion bajo la modalidad de venta directa. · 33 tasaciones con valor S/. 0.00 considerando que se trata de areas de recreacion publica y aportes reglamentarios para uso publico, que no pueden ser transferidas a terceros. · 12 tasaciones de aportes reglamentarios para servicios publicos complementarios. · 06 tasaciones de areas de reserva para equipamiento MORDAZA (OU). Que agrega la Sub Gerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios en el informe de antecedentes, de los lotes tasados para vivienda se ha desarrollado un primer listado de 205 administrados que deberian participar en el procedimiento de adjudicacion a traves de la modalidad de venta directa de los terrenos que han solicitado. El MORDAZA de adjudicacion se encuentra regulado por el D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, la Ordenanza Municipal Nº 0252008-MDM, la Ordenanza Municipal Nº 034-2008-MDM y Ordenanza Municipal Nº 002-2007-MDM, que constituyen las normas bajo las cuales se desarrollo la calificacion y se va a desarrollar la transferencia de dominio de estos predios. Cabe mencionar que muchas de las construcciones realizadas por los administrados son de caracter temporal ya que de otro modo si la Municipalidad impusiera como requisito la existencia de una edificacion permanente el efecto al que se arribaria seria la construccion desordenada de edificaciones sin respetar los parametros urbanisticos establecidos para esta MORDAZA y esto a su vez implicaria una MORDAZA modificacion de la Habilitacion MORDAZA del Modulo "A" de MORDAZA Majes por lo tanto al encontrarnos en un MORDAZA de formalizacion de posesiones informales se ha tenido en consideracion dicha disyuntiva al momento de la calificacion. Teniendo en consideracion que la Municipalidad

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