Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2010 (11/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 2010

de radiodifusion comercial por television en VHF, de la localidad de Juliaca, departamento de MORDAZA, a favor de la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 788-2007MTC/03 del 17 de octubre de 2007, se renovo la autorizacion otorgada a COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Juliaca, departamento de Puno. El plazo concedido vence el 29 de diciembre de 2010; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorizacion, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion, y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, se ha verificado que la autorizacion otorgada a COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., cumple las condiciones establecidas en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, para que opere la transferencia de la autorizacion; y que la adquirente, la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., sus accionistas, apoderados y representante legal, no incurren en las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la aprobacion de la transferencia solicitada a su favor; y no se encuentran comprendidas en los impedimentos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verificado que COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., no tiene deudas con este Ministerio, y el cumplimiento de los requisitos previstos en el articulo 74º del acotado Reglamento; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 34532010-MTC/28, considera que corresponde aprobar la transferencia de la autorizacion solicitada por COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., en favor de la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., y reconocer a esta MORDAZA como titular de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 788-2007MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asi como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de este Ministerio, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 7882007-MTC/03, a favor de la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que fueran otorgadas a COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C. Articulo 2º.- Reconocer a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 788-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 540081-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 619-2010-MTC/03 MORDAZA, 18 de agosto de 2010 VISTA, la solicitud de registro Nº 2010-015454, del 19 de MORDAZA de 2010, presentada por COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., sobre aprobacion para transferir una autorizacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, de la localidad de Punta de Bombon ­ La Curva - Cocachacra, departamento de MORDAZA, a favor de la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 972-2007MTC/03 del 27 de noviembre de 2007, se renovo la autorizacion otorgada a COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Punta de Bombon ­ La Curva - Cocachacra, departamento de Arequipa. El plazo concedido vence el 29 de diciembre de 2010; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorizacion, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion, y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, se ha verificado que la autorizacion otorgada a COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., cumple las condiciones establecidas en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, para que opere la transferencia de la autorizacion; y que la adquirente, la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., sus accionistas, apoderados y representante legal, no incurren en las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la aprobacion de la transferencia solicitada a su favor; y no se encuentran comprendidas en los impedimentos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verificado que COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., no tiene deudas con este Ministerio, y el cumplimiento de los requisitos previstos en el articulo 74º del acotado Reglamento; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2859-2010MTC/28, MORDAZA mediante Informe Nº 3466-2010-MTC/28, considera que corresponde aprobar la transferencia de la autorizacion solicitada por COMPANIADE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., en favor de la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., y reconocer a esta MORDAZA como titular de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 972-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asi como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de este Ministerio, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

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