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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (17/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de setiembre de 2010 425909 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Encargo, entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura -OEI, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la realización de los procesos de selección para el servicio de diseño, elaboración y aplicación de los instrumentos de evaluación de la Segunda Etapa del Programa de Incorporación a la Ley de la Carrera Pública Magisterial 2010, detallado en los considerandos de la presente resolución. El convenio a suscribirse se fi nanciará con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, del Pliego 010: Ministerio de Educación Artículo 2º.- Autorizar al Secretario General del Ministerio de Educación a suscribir el Convenio de Encargo a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a transferir recursos hasta por el monto de S/. 87,215.63 (Ochenta y siete mil doscientos quince y 63/100 nuevos soles), al organismo internacional referido en la presente resolución, para cuyo efecto deberá fi jar los procedimientos administrativos que corresponda conforme a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 544876-11 Aprueban “Norma sobre Responsa- bilidades de las diferentes Instancias de Gestión Educativa Descentralizada en la Evaluación Censal de Estudiantes 2010 (ECE 2010)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0282-2010-ED Lima, 15 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1.º del Decreto Supremo Nº 021- 2007-ED declara de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular; de los docentes capacitados y por capacitarse; y de las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, asimismo, el artículo 3.º del citado Decreto en concordancia con el artículo 2.º del Decreto Supremo Nº 015-2008-ED encarga al Ministerio de Educación para que a través de la Secretaría de Planifi cación Estratégica – SPE con la participación del Viceministerio de Gestión Pedagógica y del Viceministerio de Gestión Institucional, coordine y disponga la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0220- 2010-ED, se dispone la implementación y ejecución a nivel nacional de la Evaluación Censal de Estudiantes 2010 (ECE 2010) a estudiantes en comprensión lectora y matemática, y en comprensión lectora en quechua, aimara, shipibo, awajún y en castellano como segunda lengua; Que, mediante Memorando Nº 535-2010-ME/SPE, la Secretaría de Planifi cación Estratégica propone para aprobación, la “Norma sobre Responsabilidades de las diferentes Instancias de Gestión Educativa Descentralizada en la Evaluación Censal de Estudiantes 2010 (ECE 2010)”, cuyo objeto es establecer las disposiciones, procedimientos y responsabilidades de las diferentes instancias de gestión educativa descentralizada para la ejecución y supervisión de la aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2010; De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Norma sobre Responsabilidades de las diferentes Instancias de Gestión Educativa Descentralizada en la Evaluación Censal de Estudiantes 2010 (ECE 2010)”, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución y la Norma aprobada por el artículo precedente, serán publicadas en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 544706-2 Aprueban Normas Complementarias para la implementación de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0283-2010-ED Lima, 15 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2010-ED, se crea la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, de naturaleza concursable, la cual tiene por objeto fi nanciar los estudios de pre y postgrado: maestrías, a favor de los estudiantes ecuatorianos, para el primer caso, entre los dieciocho (18) años y veinticinco (25) años de edad, y para el segundo caso, entre los veintinueve (29) a cuarenta (40) años de edad, en universidades peruanas públicas y privadas; Que, el artículo 10º del citado Decreto Supremo establece que el Ministerio de Educación, mediante Resolución Ministerial, dictará las normas complementarias que sean necesarias para la implementación de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana; Que, en tal sentido, la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo del Ministerio de Educación, elaboró las normas complementarias para la implementación de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Normas Complementarias para la implementación de la Beca de Amistad Peruano Ecuatoriana, creada mediante el Decreto Supremo Nº 009-2010-ED, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las normas aprobadas en el artículo precedente, serán publicadas en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, www.minedu.gob.pe en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 544706-1