NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (17/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de setiembre de 2010 425941 entre otras causales, por cesantía o jubilación y por alcanzar la edad límite de setenta (70) años; Tercero: Al respecto, del informe Nº 005-2010-GPEJ- GG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de las fotocopias de la Partida de Nacimiento y de la fi cha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el señor Miguel Jesús Cabrera Vélez nació el 17 de setiembre de 1940, y en consecuencia el 17 de setiembre del año en curso cumplirá setenta (70) años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 17 de setiembre del año en curso, al señor Miguel Jesús Cabrera Vélez en el cargo de Juez Titular Especializado Penal del Distrito Judicial de Lambayeque; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 544584-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Revalidan inscripción de peritos que forman parte de la Nómina de Peritos Judiciales aprobada por Res. Adm. Nº 567-2010-P-CSJLI/PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 724-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 31 de agosto de 2010 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 604-2010-P-CSJLI/ PJ, de fecha dos de agosto del año en curso; el Ofi cio Nº 122-2010-REPEJ-CSJLI/PJ y 123-2010-REPEJ- CSJLI/PJ, de fecha diecinueve y veintidós de agosto respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Administrativa Nº 604-2010-P-CSJLI/PJ, dispuso habilitar un plazo complementario, entre el nueve y trece de agosto del año en curso, para la revalidación de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Que, por Ofi cio Nº 122-2010-REPEJ-CSJLI/PJ, la Jefa de la Ofi cina del Registro de Peritos Judiciales comunica a este Despacho que se ha recepcionado, dentro del plazo antes precisado, las solicitudes de revalidación de: don Rómulo Villa Ruiz, doña Miriella Ángela Alferrano D’onofrio, doña Lily Isabel Albornoz Castro, don Epifanio Sánchez Garavito, don Julián Sartori Sánchez, doña Helga Silvia Aguilar Brun. Que, por Ofi cio Nº 123-2010-REPEJ-CSJLI/PJ, la Jefa de la Ofi cina del Registro de Peritos Judiciales se pronuncia con relación a los medios probatorios adjuntados por el Contador Público Ángel Ernesto Tuesta Ríos, señalando que el referido profesional forma parte del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia de Lima, habiendo renovado su inscripción por última vez en el año 2003; al respecto se debe precisar que de conformidad con el artículo 21º del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa Nº 358-98-SE-T-CME-PJ y modifi cado por el artículo 1º de la Resolución Administrativa Nº 436-98-SE-TP- CME-PJ, los peritos judiciales inscritos en la Nómina de un determinado Distrito Judicial deben revalidar su inscripción anualmente; la no revalidación no implica la cancelación o retiro de la nómina sino que lo inhabilita para desempeñarse como perito judicial por el periodo de un año; en ese orden de ideas, corresponde acoger su pedido. Por estas consideraciones y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento de Peritos Judiciales. RESUELVE: Artículo Primero.- REVALIDAR la inscripción de los peritos que se nombran a continuación, los mismos que forman parte de la Nómina de Peritos Judiciales aprobada por Resolución Administrativa Nº 567-2010-P-CSJLI/PJ. Nº PROFESION AP. PATERNO AP.MATERNO NOMBRE 1 CONTABILIDAD TUESTA RIOS ÁNGEL ERNESTO Nº PROFESION AP. PATERNO AP.MATERNO NOMBRE 1 ECONOMISTA AGUILAR BRUN HELGA SILVIA 2 ECONOMISTA ALBORNOZ CASTRO LILY ISABEL 3 ECONOMISTA ALFERRANO D’ONOFRIO MIRELLA ANGELA Nº PROFESION AP. PATERNO AP.MATERNO NOMBRE 1 INGENIERO CIVIL VILLA RUIZ RÓMULO Nº PROFESION AP. PATERNO AP.MATERNO NOMBRE 1 MÉDICO - NEUMÓLOGO SÁNCHEZ GARAVITO EPIFANIO 2 MÉDICO - NEUMÓLOGO SARTORI SÁNCHEZ JULIÁN CÉSAR Artículo Segundo.- Poner la presente resolución administrativa a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital y Ofi cina del Registro de Peritos Judiciales, para los fi nes pertinentes. Publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 544868-1 Conforman Comisión de Coordinación de Archivos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 725-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 14 de setiembre de 2010 VISTOS Los Ofi cios N° 933 y 1001-2010-AGN/J de fechas 31 de agosto y 07 de setiembre de 2010; y CONSIDERANDO: Que, mediante ofi cios de vistos cursados por el Jefe Institucional del Archivo General de la Nación se pone en conocimiento de la Presidencia de esta Corte la conformación de la Comisión de Coordinación del Archivo General de la