NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (18/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de setiembre de 2010 425973 Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Luis Wilfredo Sándiga Cabrera 1,070.00 200.00 5+1 1,200.00 31.00 Rogelio Rolando Villanueva Flores 1,070.00 200.00 5+1 1,200.00 31.00 Artículo 3°.- Sólo para efecto de la rendición de cuentas se autoriza el presente viaje del 19 al 25 de septiembre de 2010, conforme al itinerario. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, los mencionados funcionarios deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 545497-14 SALUD Autorizan excepción a la prohibición de nombramiento del personal de salud en las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ucayali y Cusco DECRETO SUPREMO Nº 029-2010-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y de los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 9.1 del artículo 9º, referido a Medidas en Materia de Personal, de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se permite el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modifi catorias y complementarias, que a la vigencia de la Ley Nº 29465 no hayan sido nombrados en el marco de las citadas leyes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2010- SA se aprobaron los “Lineamientos para el proceso de Nombramiento del Año 2010 en el marco de las Leyes Nº 28498 y 28560, y el Decreto de Urgencia Nº 094- 2009 en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales”, con la fi nalidad de garantizar que, en el más breve plazo, se realicen los nombramientos en el sector salud autorizados por la Ley Nº 29465; Que, en los citados Lineamientos se establece que una vez aprobadas las modificaciones a los documentos de gestión (Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal), los pliegos respectivos deberán solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas el informe favorable según refiere el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465. Dicho informe favorable será comunicado por el Ministerio de Economía y Finanzas al pliego respectivo y al Ministerio de Salud, a fin que este último elabore el proyecto de decreto supremo que autorice la excepción a la prohibición de nombramiento de las unidades ejecutoras de salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, se autoriza una transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales por la suma de S/. 57 259 662,00, destinados al financiamiento del costo diferencial del nombramiento del personal del sector salud, a nivel Nacional, en el ámbito de las Leyes Nºs. 28498 y 28560 y Decreto de Urgencia Nº 094- 2009; Que, mediante Decreto Supremo Nº 178-2010-EF modifi can el Anexo 01 del Decreto Supremo Nº 110- 2010-EF, que autoriza transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010. Según Anexo de las normas, corresponde al Pliego 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali la suma de S/. 823 597,00 para 79 plazas, y al Pliego 446 Gobierno Regional del Departamento de Cusco la suma de S/. 2 324 271,00 para 221 plazas; Que, mediante Oficios Nºs. 404 y 413-2010- EF/76.20 dirigidos a los Gerentes Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ucayali y Cusco, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió opinión favorable señalando que las unidades ejecutoras de salud de dichos gobiernos regionales cuentan con el marco presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que les permite financiar el costo de las 79 y 221 plazas indicadas en el Decreto Supremo Nº 110- 2010-EF y modificatorias, para el nombramiento del personal de salud en aplicación de las Leyes Nºs. 28498 y 28560; De conformidad con el literal b) del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, y del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2010-SA; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorizar la excepción a la prohibición del ingreso de personal en el Sector Público señaladas en el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, para el nombramiento de personal de salud en las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Ucayali y Cusco, indicadas en el Decreto Supremo Nº 110- 2010-EF, en aplicación de las Leyes Nºs. 28498 y 28560, según detalle: