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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (18/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de setiembre de 2010 425983 Que, mediante Informe Nº 025-2010-SDIC-SD-DA- DREPH/ INC de fecha 01 de setiembre de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda declarar patrimonio cultural y aprobar el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico San Antonio; Que, mediante Acuerdo Nº 1099 de fecha 03 de setiembre de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación y aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico San Antonio, ubicado en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Cañete Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte San Antonio Imperial 352862.4939 8556519.2863 352637.9392 8556152.8822 Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del siguiente monumento arqueológico prehispánico de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) San Antonio PP-077-INC_ DREPH-DA- SDIC- 2010 PSAD56 PP-077-INC_ DREPH-DA- SDIC- 2010 WGS84 1551.27 0.1551 149.09 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 544400-12 Modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 527/INC RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1930/INC Lima, 3 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 527/ INC de fecha 16 de marzo de 2010, se declaró patrimonio cultural de la Nación, entre otros, a los monumentos arqueológicos prehispánicos Pushuncupampa, Lliqllica y Calle Calle, ubicados en el distrito de San Pedro de Huacarpana, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, mediante Informe Nº 1665-2010-MDVR-SDIC- DA/ DREPH/INC de fecha 13 de agosto de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 527/INC de fecha 16 de marzo de 2010 a fi n de corregir los datos relacionados a los precitados monumentos arqueológicos prehispánicos, así como aprobar sus respectivos expedientes técnicos; Que, mediante Acuerdo Nº 1030 de fecha 19 de agosto de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: 1. Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 527/INC de fecha 16 de marzo de 2010, en lo referido a la ubicación política del monumento arqueológico prehispánico Pushuncupampa debiendo indicar como su ubicación correcta los distritos de San Pedro de Huacarpana y Huamatambo, provincias de Chincha y Castrovirreyna, departamentos de Ica y Huancavelica. 2. Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 527/INC de fecha 16 de marzo de 2010, en lo referido a las coordenadas del monumento arqueológico prehispánico LLiqllica. 3. Aprobar los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos Pushuncupampa, Lliqllica y Calle Calle. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modificada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 527/INC de fecha 16 de marzo de 2010, en el extremo referido a la ubicación política del monumento arqueológico prehispánico Pushuncupampa, debiendo indicar como su ubicación correcta los distritos